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Bolet铆n N°. 1440 Aprueba C谩mara de Diputados reformas en materia laboral

11-04-2019.- La C谩mara de Diputados aprob贸 en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo, Org谩nica del Poder Judicial de la Federaci贸n, Federal de la Defensor铆a P煤blica, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y del Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociaci贸n colectiva.

 

La vicepresidenta de la Mesa Directiva, diputada Dolores Padierna Luna (Morena), inform贸 que, en lo particular, se recibieron 104 propuestas de reforma de 50 legisladoras y legisladores.

 

El documento, avalado en lo general con 417 votos a favor, 29 abstenciones y 1 en contra, establece que el trabajo exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta; adem谩s, debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes. Tambi茅n refiere que es de inter茅s social garantizar un ambiente laboral libre de discriminaci贸n y de violencia.

 

Implanta que las mujeres y los hombres tienen igualdad de derechos y obligaciones, garant铆a que se establece en lo general y espec铆ficamente en funci贸n de la protecci贸n de las trabajadoras y trabajadores con responsabilidades familiares, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.

 

Crea el Centro Federal de Conciliaci贸n y Registro Laboral, que ser谩 un organismo p煤blico descentralizado del gobierno federal. Tendr谩 personalidad jur铆dica y plena autonom铆a t茅cnica, operativa, presupuestaria y de gesti贸n.

 

Ser谩 competente para substanciar el procedimiento de conciliaci贸n que deber谩n agotar los trabajadores y patrones, antes de llegar a los tribunales. Tambi茅n ser谩 competente para operar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo y de las organizaciones sindicales, as铆 como los procesos administrativos relacionados.

 

El dictamen tambi茅n crea los centros de conciliaci贸n de las entidades federativas, que tendr谩n la atribuci贸n de realizar la conciliaci贸n en el 谩mbito local. Refiere que a los servidores p煤blicos del Centro Federal de Conciliaci贸n y Registro Laboral, cuando retrasen, influyan u obstruyan en el procedimiento de registros sindicales y de contratos colectivos y de reglamentos interiores de trabajo en favor o en contra de una de las partes, se les impondr谩 multa de 100 a 1000 Unidades de Medida y Actualizaci贸n.

 

Igualmente, se crean los tribunales del Poder Judicial de la Federaci贸n y los tribunales de las entidades federativas, encargados del conocimiento y resoluci贸n de conflictos; en su actuaci贸n, los jueces y secretarios instructores deber谩n observar los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonom铆a e independencia.

 

En materia sindical, el dictamen refiere que los integrantes de sindicatos, federaciones y confederaciones tienen los derechos de libre afiliaci贸n y de participaci贸n al interior de 茅stas e implica que no pueden ser obligados a formar parte de alg煤n sindicato, federaci贸n o confederaci贸n.

 

Subraya que los procedimientos de elecci贸n de sus directivas deber谩n salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los integrantes, as铆 como ajustarse a reglas democr谩ticas y de igualdad de g茅nero.

 

De igual forma, aclara que el periodo de duraci贸n de las directivas no podr谩 ser indefinido o de una temporalidad tal que obstaculice la participaci贸n democr谩tica de los afiliados. Adem谩s, las directivas deber谩n rendir cuenta completa y detallada de la administraci贸n de su patrimonio.

 

Agrega que el registro del sindicato podr谩 cancelarse por incumplimiento de su objetivo cuando sus dirigentes incurran en actos de extorsi贸n contra los patrones.

 

Sobre la firma de contrato colectivo, el dictamen indica que el apoyo de los trabajadores mediante el voto libre, personal y secreto constituye una garant铆a para la protecci贸n de la libertad de negociaci贸n colectiva.

 

Precisa que la existencia de un contrato colectivo que abarque a la totalidad de trabajadores no ser谩 impedimento para que coexista con otro pacto sindical celebrado con un sindicato gremial de pilotos o sobrecargos.

 

Otro punto relevante es la creaci贸n del Fondo del Centro Federal de Conciliaci贸n y Registro Laboral, que se encargar谩 de atender lo relativo a los contratos colectivos y asociaciones sindicales.

 

Fija como obligaci贸n del patr贸n implantar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminaci贸n por razones de g茅nero y atenci贸n de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, as铆 como erradicar el trabajo forzoso infantil.

 

Adem谩s, especifica que debe entregar a sus trabajadores, de forma gratuita, un ejemplar impreso del contrato colectivo dentro de los 15 d铆as siguientes a que este documento sea depositado ante el Centro Federal de Conciliaci贸n.

 

En el articulado tambi茅n se proh铆be al patr贸n cualquier acto u omisi贸n que atente contra el derecho de los trabajadores a decidir qui茅n debe representarlos en la negociaci贸n colectiva. Tampoco puede realizar cualquier acto tendente a ejercer control sobre el sindicato al que pertenezcan sus empleados.

 

En el cap铆tulo Trabajadores del Campo se determina que el patr贸n llevar谩 a cabo un padr贸n especial de los trabajadores contratados por estacionalidades, para registrar la acumulaci贸n de 茅stas, a fin de establecer la antig眉edad y, con base en la suma de 茅stas, calcular las prestaciones y derechos.

 

Asimismo, la Comisi贸n Nacional de los Salarios M铆nimos fijar谩 las percepciones profesionales m铆nimas de los trabajadores del campo, debiendo tomar en consideraci贸n la naturaleza, cantidad y calidad del trabajo, as铆 como el desgaste f铆sico ocasionado por las condiciones laborales.

 

Para ese tipo de trabajadores, el patr贸n tendr谩 la obligaci贸n de suministrar de forma gratuita habitaciones con agua potable y piso firme a sus trabajadores. Tambi茅n deber谩 impartir capacitaci贸n de seguridad sobre el trabajo.

 

Respecto de los trabajadores del hogar, los patrones est谩n obligados a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes, conforme a las normas aplicables en la materia.

 

En cuanto a trabajadores de confianza, refiere que no podr谩n participar en las pruebas de recuento dentro de los conflictos de titularidad del contrato colectivo de trabajo, ni intervenir en las consultas para la firma o revisi贸n de contratos colectivos a los que hace referencia el art铆culo 390 ter, fracci贸n II de la Ley Federal del Trabajo.

 

En cuanto al salario, el documento precisa que, en todos los casos, el trabajador tendr谩 acceso a la informaci贸n detallada de los conceptos y deducciones de pago. Los recibos tendr谩n que entregarse al empleado de forma impresa o por cualquier otro medio.

 

Precisa que el escrito en que consten las condiciones de trabajo deber谩 contener la designaci贸n de beneficiarios a los que se refiere el art铆culo 501 de la ley, para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte de los trabajadores o las que se generen por su fallecimiento o desaparici贸n derivada de un acto delincuencial.

 

Al mismo tiempo, cambia las referencias en las leyes a la Junta Federal de Conciliaci贸n y Arbitraje, por Centro Federal de Conciliaci贸n y Registro Laboral.

 

Fundamentaci贸n

 

El presidente de la Comisi贸n de Trabajo y Previsi贸n Social, Manuel de Jes煤s Baldenebro Arredondo (PES), expuso que esta modificaci贸n armoniza nuestra legislaci贸n laboral a la reforma constitucional de febrero de 2017, y con diversos tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano, los cuales ampl铆an y protegen los derechos humanos de la clase trabajadora, como son los convenios 87 y 98 de la Organizaci贸n Internacional del Trabajo sobre derecho de sindicaci贸n y negociaci贸n colectiva, el cap铆tulo 19 del Tratado Integral y Progresista de Asignaci贸n Transpac铆fico y el Anexo 23 del Tratado Comercial celebrado entre M茅xico, Estados Unidos y Canad谩, el T-MEC.

 

鈥淪e trata de una reforma que M茅xico necesita y que, sin duda, mejorar谩 las condiciones laborales de productividad y cumplir谩 con los compromisos asumidos en el marco de T-MEC, con las directrices de las organizaciones internacionales del trabajo鈥, coment贸.

 

El dictamen contempla diversas propuestas realizadas por legisladores de los grupos parlamentarios, as铆 como los resultados de las audiencias p煤blicas celebradas por la comisi贸n el mes de febrero. 鈥淓n el ejercicio de parlamento abierto contamos con diversidad de opiniones de diferentes participantes, lo que nos permiti贸 contar con un dictamen de reforma laboral s贸lida, enriquecida y acorde a las necesidades actuales del pa铆s鈥.

 

Dijo que esta reforma es necesaria por la existencia de contratos de protecci贸n patronal; es decir, los contratos colectivos que no sirven para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores, as铆 como la existencia de sindicatos de extorsi贸n en perjuicio de nuestros patrones. 鈥淐on la reforma se eliminan las pr谩cticas para la creaci贸n de sindicatos blancos. Tambi茅n se acotan las pr谩cticas de los sindicatos extorsionadores en beneficio de los patrones鈥.

 

Tambi茅n, dijo, obedece al p茅simo funcionamiento de los juicios laborales individuales ante las juntas de conciliaci贸n, que se dilatan y pueden durar varios a帽os sin ser resueltos. 鈥淓ste decreto tiene el potencial de revolucionar y actualizar el sindicalismo mexicano y la impartici贸n de justicia laboral, protegiendo y resguard谩ndose los derechos humanos de toda la clase trabajadora鈥.

 

Baldenebro Arredondo a帽adi贸 que no debe de pasar desapercibido que no bastar谩 que esta reforma laboral sea aprobada. Consider贸 que 鈥渆l siguiente paso ser谩 su adecuada implementaci贸n y evitar a toda costa que no suceda lo que en otras reformas, como la del Sistema Penal Acusatorio del 2008, a la que se le invirtieron ocho a帽os en implementarla, y hoy, a casi tres a帽os de vigencia, no hemos obtenido los resultados esperados鈥.

 

Posicionamientos de grupos parlamentarios

 

La diputada Anita S谩nchez Castro (Morena) se帽al贸 que el dictamen es producto de la lucha que por d茅cadas han llevado a cabo las y los mexicanos en defensa del trabajo y del salario digno, as铆 como por una representaci贸n verdadera de sus sindicatos y de su demanda de justicia laboral expedita. Adem谩s, responde al mandato de la llamada reforma constitucional en materia de justicia laboral y a los instrumentos para la debida aplicaci贸n de los convenios 87 y 98 de la Organizaci贸n Internacional del Trabajo.

 

Con esta reforma, dijo, se cierra la puerta al contratismo de protecci贸n patronal. 鈥淓ste mecanismo es fundamental para preservar el derecho de los trabajadores a firmar su contrato colectivo y escoger el sindicato de su preferencia. La propuesta contempla un procedimiento nuevo a trav茅s de una constancia de representatividad que s贸lo puede ser solicitada por los trabajadores. Mantiene la posibilidad de ampliar el periodo de prehuelga de com煤n acuerdo de las partes, a solicitud del sindicato鈥.

 

Por el PAN, el diputado Evaristo Lenin P茅rez Rivera destac贸 que la actualizaci贸n de las normas ser谩n propicias para la configuraci贸n de un mejor entorno social y econ贸mico. Aclar贸 que esta reforma no surge 煤nicamente por los planteamientos del actual gobierno, sino que desde 2012 Acci贸n Nacional fij贸 su postura implementando reformas laborales de gran calado, basadas en los principios de la democracia sindical, transparencia, rendici贸n de cuentas y transici贸n de las juntas hacia los tribunales, incluyendo la cl谩usula de exclusi贸n y el salario digno.

 

Hoy, dijo, se busca dignificar a los trabajadores obligando a transitar y acabar con la corrupci贸n sindical. 鈥淣ecesitamos un nuevo modelo basado en la democracia. Los empleados han sufrido los efectos del sindicalismo antidemocr谩tico. Nuestro anhelo es que esta ley sea un detonador econ贸mico para potencializar la industria nacional y generar empleos bien pagados. La reforma se queda corta al no haber incluido a los trabajadores que se encuentran en el Apartado B鈥.

 

Isa铆as Gonz谩lez Cuevas, diputado del PRI, mencion贸 que en los art铆culos 331 y 342 se propone la normativa para que por fin las trabajadoras del hogar puedan integrarse a la seguridad social, al establecimiento de su derecho, a los d铆as de descanso, alimentos, habitaci贸n y pago en efectivo, 鈥溍﹕ta es una vieja aspiraci贸n que por fin se establece en la ley en la que jam谩s podr铆amos estar en contra鈥.

 

Precis贸 que la libertad y la democracia sindical corren en paralelo y constituyen obligaciones que la vida contempor谩nea ha impuesto. 鈥淣o se puede obligar a nadie a ser parte de un sindicato o federaci贸n o confederaci贸n, los tiempos han cambiado y 茅sta es una realidad que tenemos que entenderla, aceptarla y enaltecerla. La reforma beneficiar谩 a las y los trabajadores, al precisar valores y principios que deben honrar los sindicatos y las organizaciones. Estamos por la democracia y libertad sindical, la rendici贸n de cuentas y la transparencia鈥.

 

La diputada del PES, Mar铆a Rosete expuso que el empleo es una de las herramientas principales y m谩s sanas con las que cuenta una sociedad para impulsar la distribuci贸n equitativa de la riqueza que se genera. Adem谩s, aten煤a las diferencias sociales en beneficio de todos los habitantes de una naci贸n. 鈥淎poyamos una reforma que parte de los principios b谩sicos de la fuerza de trabajo; es decir, el obrero, el campesino y el empleado鈥.

 

Pidi贸 que empresarios, gobiernos y trabajadores acepten este marco regulatorio. 鈥淨ue nos sirva para cumplir los objetivos de lograr un M茅xico con mejores expectativas laborales y con mayor progreso social y equitativo. Nos congratulamos por los cambios realizados que requer铆a el marco jur铆dico, teniendo como principal inter茅s el derecho y bienestar de los trabajadores, no sin considerar de manera paralela a los medios y sectores productivos del pa铆s鈥.

 

El diputado Reginaldo Sandoval Flores, del PT, manifest贸 que una aut茅ntica reforma laboral debe de ir encaminada a dar libertad a los trabajadores, tanto en la elecci贸n libre y directa de sus dirigentes, como en la elaboraci贸n de los contratos colectivos tendentes a mejorar los salarios y condiciones laborales. 鈥淓s fundamental reformar aquello que obstaculiza los incrementos salariales y laborales, como es la figura de la subcontrataci贸n denominada outsourcing鈥.

 

En la actualidad, afirm贸, existe en el pa铆s un bajo porcentaje de trabajadores sindicalizados en relaci贸n con el total, alrededor del 5 por ciento. 鈥淟a mayor铆a de los trabajadores est谩n en la econom铆a informal y la subcontrataci贸n. Mientras sigan los niveles de subempleo y desempleo, por m谩s reformas a la vida interna de las organizaciones laborales, no se mejorar谩 la creaci贸n de puestos de trabajo鈥.

 

De MC, la diputada Martha Ang茅lica Zamudio Mac铆as estim贸 que la importancia del dictamen recae en los efectos que tendr谩 para el laborismo mexicano, transformando por completo la forma de hacer elecciones al interior de los sindicatos y la manera en que se imparte la justicia laboral en el pa铆s.

 

No obstante, subray贸 que 鈥渆ste tipo de decisiones no pueden ser tomadas con ligereza y de forma apresurada, por lo que no ignoramos que una de las principales motivaciones de acelerar este proceso es la homologaci贸n de nuestra legislaci贸n con los compromisos hechos por nuestro pa铆s para aprobar el nuevo Tratado de Libre Comercio entre M茅xico, Estados Unidos y Canad谩鈥.

 

M贸nica Bautista Rodr铆guez, diputada del PRD, consider贸 que al depositar la impartici贸n de justicia en tribunales laborales se garantiza que los conflictos emanados de las relaciones de trabajo estar谩n en manos del Poder Judicial y no, como hasta ahora, mediatizados por un sindicalismo controlado por el gobierno y los patrones.

 

A帽adi贸 que 鈥渆stamos ante la oportunidad de crear instituciones adecuadas en materia de justicia laboral, libertad y democracia sindical y la autentificaci贸n de la negociaci贸n colectiva, pero ser铆a deseable no limitarnos a eso. Hay que proteger a los trabajadores mal remunerados, sin trabajos estables y sujetos a reg铆menes de excepci贸n como el llamado outsourcing鈥.

 

Al fijar su postura respecto del dictamen, el diputado Marco Antonio G贸mez Alcantar (PVEM) dijo que se pone fin al sindicalismo corporativo. Tambi茅n se apuesta al incremento de los salarios de los trabajadores a trav茅s de un sindicalismo verdaderamente libre; es decir, no cooptado por l铆deres que en ocasiones han negociado para beneficio propio.

 

鈥淓sta reforma puede transformar la relaci贸n entre trabajadores y patrones en beneficio de todos. Se suprimen las Juntas de Conciliaci贸n y Arbitraje y se crean tribunales aut贸nomos dependientes del Poder Judicial de la Federaci贸n鈥. Agreg贸 que eso garantiza que las resoluciones judiciales cumplan con los principios de imparcialidad, legalidad y certeza.

 

Argumentos en favor y en contra

 

Al hablar en contra, la diputada Ana Priscila Gonz谩lez Garc铆a (MC) expres贸 su preocupaci贸n ante la falta de responsabilidad y el desaseo de c贸mo se llev贸 el proceso de discusi贸n y la aprobaci贸n del dictamen en materia de justicia laboral y democracia sindical. 鈥淓stamos a favor de que exista una reforma laboral, pero no del proceso que se ha venido desarrollando en estos 煤ltimos d铆as. Son m谩s de la mitad de los mil 35 art铆culos los que estamos modificando鈥.

 

Javier Juli谩n Casta帽eda Pomposo, diputado del PES, indic贸 que con este dictamen habr谩 mejores condiciones laborales y productivas en el pa铆s. Uno de los aspectos m谩s relevantes es que contempla la perspectiva de g茅nero y se prescribe que es de inter茅s socializar y garantizar un ambiente libre de discriminaci贸n y violencia. 鈥淓stamos convencidos de que es una real transformaci贸n en el mundo del trabajo鈥.

 

El diputado del PT, Gerardo Fern谩ndez Noro帽a mencion贸 que su partido est谩 en contra, pues es insuficiente, ya que 鈥渦na reforma laboral que no incluya la derogaci贸n, eliminaci贸n y abrogaci贸n del outsourcing no est谩 a la altura de la Cuarta Transformaci贸n. En esta C谩mara no debemos desconocer los derechos de los trabajadores y debemos erradicar esta pr谩ctica perversa que no reconoce derechos y carece de justicia laboral鈥.

 

Del PAN, el diputado Jorge Arturo Espadas Galv谩n expres贸 que si bien la reforma es incompleta, hay avances en temas de la libertad sindical, de los trabajadores y de las personas, as铆 como el derecho al voto personal, secreto y libre. 鈥淐oincidimos en temas esenciales que le permiten a la persona decidir si se afilian a un sindicato u otro, pero lamentamos que no se contemple el derecho de no pertenecer a un gremio o que por mayor铆a se vaya a huelga. Es necesario avanzar hacia un mayor esquema de libertades y democracia鈥.

 

Martha Tagle Mart铆nez, diputada de MC, reconoci贸 que la reforma hable de una nueva justicia laboral para desaparecer a las juntas de Conciliaci贸n y Arbitraje y crear los nuevos tribunales laborales e instituye un nuevo 贸rgano para la conciliaci贸n y los registros de los contratos, en donde se excluyen los casos de acoso y violencia laboral; sin embargo, no contempla la prohibici贸n de la cl谩usula de exclusi贸n para garantizar al empleado si decide o no estar en un sindicato, y hace falta referirse a la pr贸rroga unilateral para el estallamiento a huelga.

 

El diputado Manuel G贸mez Ventura (Morena) sostuvo que el dictamen es una respuesta a un reclamo social que por d茅cadas se ha escuchado en busca de una verdadera justicia laboral. Se trata, dijo, de una de las reformas m谩s importantes para las y los mexicanos y es la oportunidad para la libertad sindical y la negociaci贸n colectiva. 鈥淟os ganadores ser谩n la clase obrera, la trabajadora y los empresarios, al deshacerse de los sindicatos extorsionadores鈥.

 

Por el PT, el diputado 脫scar Gonz谩lez Y谩帽ez subray贸 que no se puede aceptar una reforma que no considere el outsourcing, pues una de cada cuatro personas que se emplean por su cuenta est谩n en esta condici贸n y en las empresas peque帽as es peor, nueve de cada 10. 鈥淟a ley no puede martirizar a los trabajadores, no puede ser posible que te paguen un bajo salario y pierdas prestaciones, y todav铆a un coyote venda tu mano de obra. Hay gente que se hace rica con el trabajo de los dem谩s. Debe crecer el poder adquisitivo de los trabajadores鈥.

 

Frida Alejandra Esparza M谩rquez, diputada del PRD, calific贸 como positivo que se eliminen trabas corporativas y el chantaje de organizaciones simuladas, pero no es suficiente, se necesita atender el caso del outsourcing. 鈥淓ste r茅gimen afecta la unidad del contrato colectivo por cuanto es aplicable en una empresa o en uno o varios de sus establecimientos, afectando los derechos individuales de los trabajadores a quienes legalmente debiera aplicarse鈥.

 

El diputado Jacobo David Cheja Alfaro (MC) resalt贸 que esta reforma deber铆a ser la oportunidad de potenciar el desarrollo del pa铆s y, por consecuencia, el bienestar de las familias mexicanas. Urgi贸 a que los salarios en M茅xico se acerquen m谩s a los de Estados Unidos y en reciprocidad el gobierno reduzca el gasto gubernamental 鈥渆n lugar de estarlo regalando en programas sociales que lo 煤nico que generan es inflaci贸n y, por consecuencia, deterioro en el salario鈥.

 

Carlos Pav贸n Campos, diputado del PRI, puntualiz贸 que el dictamen contiene elementos positivos que estar谩n en el bienestar de las familias de los trabajadores y en el reconocimiento de los derechos laborales de cientos de personas cuya actividad est谩 invisible. 鈥淓stamos a favor de esta transformaci贸n profunda porque le sirve a los j贸venes. Apoyamos la libertad y asociaci贸n sindical, la transparencia, la rendici贸n de cuentas de estas organizaciones ante representados y ante la sociedad鈥.

 

De Morena, el diputado Pablo G贸mez 脕lvarez se帽al贸 que durante m谩s de 40 a帽os se ha luchado para garantizar que los trabajadores cuenten, dentro de los sindicatos, con los derechos m谩s elementales, aquellos que son elegir a sus dirigentes libremente, decidir el contrato colectivo, votar o no la huelga, tener el control de su propia tesorer铆a. 鈥淭enemos que acabar con el sistema llamado charrismo, que consiste en los sindicatos corporativos promovidos, organizados y tutelados por el Estado鈥.

 

Maricruz Roblero Gordillo, diputada del PT, expuso que la libertad sindical es fundamental para mejorar la democracia que siempre ha ensombrecido a estas organizaciones; se atiende una problem谩tica del abuso por parte de los gremios poco escrupulosas y sindicatos fantasmas del derecho de emplazar a huelga al patr贸n para exigir un contrato colectivo. 鈥淓stamos a favor de las y los trabajadores mexicanos, jam谩s aprobar铆amos una ley que simule鈥.

 

El diputado Enrique Ochoa Reza (PRI) subray贸 que la reforma establece nuevas reglas y procedimientos en materia de asociaci贸n sindical que parten de la democratizaci贸n en la elecci贸n de la dirigencia e integra nuevas reglas en materia de contrataci贸n colectiva. 鈥淪e fijan nuevos paradigmas en materia de justicia laboral鈥.

 

La diputada Lizeth S谩nchez Garc铆a (PT) se pronunci贸 en contra del outsourcing porque agrede a la base trabajadora, pues en sus l铆neas lo convierte en un instrumento m谩s. 鈥淏ajo esta figura, hoy en d铆a miles de empleados dan lo mejor de su vida a trav茅s de un tercero, son subcontratados sin contar con los derechos b谩sicos que les dan bienestar a sus familias, son pr谩cticas enga帽osas que adem谩s laceran las finanzas de M茅xico, pues evaden aportaciones al IMSS, al SAT, al Infonavit, entre otros vicios ocultos鈥.

 

Luz Estefan铆a Rosas Mart铆nez, diputada sin partido, expuso que el dictamen estimula un r茅gimen interno democr谩tico en todos los sindicatos, sin violar la autonom铆a sindical. Lo hace mediante la inclusi贸n de requisitos m铆nimos en los estatutos sindicales, como son procedimiento de elecciones, plazas de convocatorias, lugares de votaci贸n y elaboraci贸n de un padr贸n confiable. 鈥淟as reformas ser谩n de gran utilidad para lograr la sindicalizaci贸n del trabajo con el menor costo social y sin perjudicar a la producci贸n鈥.

 

Por el PT, el diputado Santiago Gonz谩lez Soto resalt贸 que si bien la reforma conlleva el fin de algunas pr谩cticas nocivas del sindicalismo, 鈥渆stamos totalmente en contra de las pr谩cticas del outsourcing, porque a lo largo de los a帽os estas pr谩cticas le han quitado todas las prestaciones a las que un empleado puede tener derecho; debemos desaparecerlas; necesitan de todos los servicios y prestaciones鈥.

 

El diputado de Morena, Marco Antonio Medina P茅rez a帽adi贸 que hoy se dice: basta a los sindicatos charros, a las negociaciones en lo oscuro que perjudican a los trabajadores y de la colusi贸n entre autoridades y patrones en detrimento de los trabajadores. En contraste, se le da la bienvenida a un modelo de justicia laboral m谩s eficaz e imparcial, a la libertad sindical y de procesos de negociaci贸n colectiva que beneficien a los empleados.

 

Previamente, se desecharon mociones suspensivas de las diputadas Abril Alcal谩 Padilla (PRD) y Ana Priscila Gonz谩lez Garc铆a (MC), quienes argumentaron que el dictamen no cumpl铆a con el proceso legislativo.

 

Votaci贸n en lo particular

 

Con 258 votos a favor, 18 abstenciones y 67 en contra, se aprobaron, en lo particular, las modificaciones y adiciones aceptadas a los art铆culos 110, 153 K, 343 E, 395, 684 G, 848 y 927. Tambi茅n se avalaron, en t茅rminos de dictamen, los art铆culos 3, 3-Ter, 33, 47, 48, 48-Bis, 132, 245-Bis, 279-Qu谩ter, 333, 358, 360, 364, 364-Bis, 365, 365-Bis, 371, 371-Bis, 373, 389, 390-Bis, 390-Ter, 391, 400-Bis, 424, 523, 541, 590 A, 590 B, 590-F, 604, 610, 685, 685-Ter, 700, 720, 784, 828, 892, 897-A, 920, 926, 929, 937, Tercero, Quinto, D茅cimo Segundo y D茅cimo S茅ptimo Transitorio.

 

Se acept贸 la reserva del diputado Rub茅n Cayetano Garc铆a (Morena) al art铆culo 848, para que los tribunales no puedan revocar sus propias resoluciones, salvo aquellas que se atiendan a trav茅s del recurso de reconsideraci贸n que contempla la ley, dejando a salvo que las partes podr谩n exigir la responsabilidad en que incurran los integrantes de los tribunales.

 

Cayetano Garc铆a indic贸 que el dictamen dice que las resoluciones de los tribunales no admiten recurso, lo cual 鈥渆s una contradicci贸n porque la propia ley establece el recurso de reconsideraci贸n. En materia procesal existe un principio que salvaguarda la certeza de las actuaciones judiciales y evita que se flexibilicen o sean fr谩giles las determinaciones鈥.

 

Tambi茅n se incorpor贸 la reserva del diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas (PAN) al art铆culo 110, fracci贸n VI, a fin de prohibir descuentos a los salarios de los trabajadores para el pago de las cuotas sindicales ordinarias previstas en los estatutos de los gremios.

 

Arriaga Rojas expuso que la finalidad es que el trabajador pueda manifestar por escrito su voluntad de que no se le aplique la cuota sindical, en cuyo caso el patr贸n no podr谩 descontarla, 鈥渟i manifiesta por escrito su voluntad de que no se le aplique la misma. La propuesta es seguir poniendo al trabajador en el centro de esta reforma fundamental para la vida laboral y econ贸mica鈥.

 

De igual modo, se incluy贸 la reserva del diputado Francisco Javier Ram铆rez Navarrete (Morena), al art铆culo 153-K fracci贸n XII, con el prop贸sito de emitir opini贸n respecto del desempe帽o en los procedimientos de conciliaci贸n y proponer metodolog铆as que impulsen su eficacia y reduzca la conflictividad laboral, para contribuir al fortalecimiento de los mecanismos alternativos.

 

Este cambio, dijo, es fundamental para garantizar la autonom铆a y eficacia en la administraci贸n e impartici贸n de justicia laboral, jurisdiccional y administrativa, sustituyendo a las juntas de Conciliaci贸n y Arbitraje por tribunales laborales dependientes de los poderes judiciales, con capacidad de conocer tambi茅n los conflictos derivados de reg铆menes de seguridad social y perfeccionando las funciones y competencias de la inspecci贸n de trabajo.

 

Asimismo, fue incorporada la reserva del diputado Miguel Alonso Riggs Baeza (PAN), al art铆culo 343-E, adicci贸n de una fracci贸n III, a fin de imponer multas a aquellas compa帽铆as mineras que por riesgo de trabajo, sea por omisi贸n o negligencia, causen lesiones a sus trabajadores.

 

Riggs Baeza extern贸 su inter茅s por proteger la integridad de los trabajadores y se sancionen a todas aquellas compa帽铆as que incurran en negligencia u omisi贸n que deriven en lesiones. Se busca aplicar una multa de hasta 5 mil Unidad de Medida y Actualizaci贸n (UMA) a aquella empresa minera que por su omisi贸n produzca un riesgo de trabajo que provoque la muerte del trabajador.

 

As铆 tambi茅n la modificaci贸n del 395 de la Ley Federal del Trabajo, presentada por el diputado Ricardo Garc铆a Escalante (PAN) para establecer que la sanci贸n sindical impuesta al trabajador no podr谩 afectar su permanencia en el empleo o sus condiciones de trabajo.

 

Se帽al贸 que la cl谩usula de admisi贸n contenida en ese art铆culo mantiene un esquema de discriminaci贸n hacia los trabajadores que no est谩n sindicalizados, lo cual 鈥渘o debe ser causa para preferir a un trabajador sobre otro. Adem谩s, atenta contra la liberta de pertenecer o no a una organizaci贸n gremial, e incluso contra la libertad de dedicarse a la profesi贸n o actividad que se quiera, mientras sea l铆cita鈥.

 

De igual forma, se acept贸 la adici贸n propuesta por el diputado Raymundo Garc铆a Guti茅rrez (PRD) al art铆culo 684-G fracci贸n VII, a fin de estipular que para desempe帽ar el cargo de conciliador ser谩 necesario no estar inhabilitado para desempe帽ar un empleo, cargo o comisi贸n en servicio p煤blico.

 

La fracci贸n actual refiere 煤nicamente que para ser funcionario conciliador se requiere no haber sido inhabilitado, pero no especifica m谩s, por lo que para evitar errores u omisiones se debe adecuar. A帽ade que el impedimento para el ejercicio profesional puede ser resultado de una falta grave en el ejercicio del servicio p煤blico, de ah铆 la importancia del cambio.

 

Tambi茅n se acept贸 la reserva del diputado Fernando Torres Graciano (PAN) al art铆culo 927 fracci贸n quinta, para establecer que los emplazamientos a huelga tengan un plazo definido de 30 d铆as naturales y que s贸lo cuando la empresa dependa de recursos p煤blicos ese plazo podr谩 extenderse.

 

鈥淓s necesario fijar un plazo en este asunto, con el prop贸sito de que el dictamen no deje en el aire un tiempo para el emplazamiento鈥, coment贸.

 

Enseguida, la presidencia orden贸 que: con fundamento en el art铆culo 93, numeral 1 del Reglamento de la C谩mara de Diputados, antes de que se remita el decreto al Senado de la Rep煤blica, se realicen las correcciones que demandan el buen uso del lenguaje y la claridad de la Ley, sin modificar lo aprobado por la Asamblea.

 

Posteriormente, en votaci贸n econ贸mica, el Pleno aprob贸 18 dict谩menes en sentido negativo a iniciativas y minutas de diversas comisiones, los cuales fueron archivados como asuntos totalmente concluidos. Cuatro fueron devueltos al Senado, para los efectos constitucionales.

 

Tambi茅n se aval贸 el acuerdo de la Junta de Coordinaci贸n Pol铆tica por el que se informan cambios de integrantes y Juntas Directivas de comisiones.

 

En t茅rminos de los art铆culos 100 y 102 del Reglamento de la C谩mara de Diputados, las iniciativas y proposiciones contenidas en el orden del d铆a ser谩n turnadas a las comisiones que correspondan, public谩ndose el turno en la Gaceta Parlamentaria.

 

Finalmente, se levant贸 la sesi贸n y se cit贸 para la que tendr谩 lugar el martes 23 de abril, a las 11:00 horas.

 

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