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Boletín N°. 1592 Avalan reformas sobre nombramiento y ratificación del titular del SAT

30-04-2019.- El Pleno cameral avaló el dictamen que reforma el primer párrafo del artículo 13 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria. Establece que su titular será nombrado por el Presidente de la República y estará sujeto a la ratificación de la Cámara de Diputados o, en su caso, de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

 

Con el documento aprobado por 419 votos a favor y una abstención, se busca hacer congruente este ordenamiento con la reforma constitucional que dio esa facultad a la Cámara de Diputados. Además aporta claridad y seguridad jurídica a la ratificación de los funcionarios superiores de la Secretaría Hacienda y Crédito Público.

 

Al referirse al dictamen enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, la diputada Dulce María Sauri Riancho (PRI) recordó que la semana pasada el Pleno de esta Cámara aprobó una reforma constitucional para eliminar una antinomia (contradicción entre dos leyes) que quedaba rezagada desde la aprobación de la reforma político-electoral de 2014, para dar certeza sobre la ratificación de los empleados superiores de Hacienda.

 

Indicó que este dictamen es pieza clave para dar por concluidas las contradicciones constitucionales y legales respecto del tema.

 

“Si bien es cierto que la ratificación del secretario, por parte de la Cámara de Diputados, es un procedimiento novedoso en el sistema constitucional, en el caso de los empleados superiores de Hacienda la situación es diferente, toda vez que esta atribución la realizaba el Senado de la República desde 1987”.

 

Precisó que a partir del uno de diciembre la Cámara de Diputados generó su primer acuerdo para ratificar a los empleados superiores de Hacienda.

 

De los nombramientos establecidos en esos acuerdos sólo uno se encontraba previsto en una ley secundaria, toda vez que el artículo 13 de la ley vigente del SAT establece que el jefe de dicho servicio será nombrado por el Presidente de la República con la ratificación del Senado o, en su caso, de la Comisión Permanente.

 

Sauri Riancho puntualizó que la disposición en la ley secundaria anteriormente carecía de relevancia, toda vez que era armónica con el texto constitucional entonces vigente, ya que el Senado de la República tenía la facultad para ratificar al jefe del Servicio de Administración Tributaria, pero con la reforma política el escenario ha cambiado.

 

Por ello, es necesario modificar el artículo 13 a efecto de armonizar la legislación secundaria con el texto constitucional, y subsanar la antinomia legal y evitar cualquier confusión en el proceso de ratificación de los empleados superiores de Hacienda, particularmente con lo relacionado con el jefe de la Oficina del Servicio de Administración Tributaria.

 

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