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Boletín N°. 2996 La Cámara de Diputados aprobó, en el reciente periodo ordinario, dos reformas en favor de la niñez

 

  • Se definió a la violencia infantil como toda forma de perjuicio o abuso físico o mental

 

 

  • También expidió la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia

 

 

24-12-2019.- La Cámara de Diputados aprobó en el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de la LXIV Legislatura, dos reformas en materia de niñez; uno para definir la violencia infantil y otro que expide la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia.

 

La reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, adicionó una fracción XXX al artículo 4 para definir a la violencia infantil como toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, abandono, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.

 

El documento resalta que, de acuerdo con un estudio del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), millones de niños en todo el mundo viven maltrato en su casa, escuela y comunidad y cada siete minutos es asesinado un adolescente.

 

En México, indica, seis de cada 10 niños menores de 14 años han experimentado alguna forma de violencia por parte de un integrante del hogar.

 

Subraya que el maltrato infantil en México es factor determinante de la deserción escolar y una causa importante de muertes infantiles, por lo que es necesario prevenirla y atenderla. El dictamen aprobado con 403 votos el pasado 2 de octubre, se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia

 

Con el objetivo de disminuir la mortalidad en niñas, niños y adolescentes con cáncer, la Cámara de Diputados aprobó, en el primer periodo del segundo año de LXIV Legislatura, expedir la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia.

 

El dictamen, que también adiciona la fracción VI al artículo 161 Bis de la Ley General de Salud, resalta que esta enfermedad es la principal causa de muerte entre los cinco y 14 años de edad. El 80 o 95 por ciento de los casos se pueden curar con medicamentos y tratamientos, pero requieren detección oportuna.

 

Precisa que esta ley permitirá que el diagnóstico sea a tiempo y garantizará el acceso al tratamiento idóneo para combatir el cáncer infantil. Se establece la creación de un Registro Nacional para el Cáncer Infantil, un fondo nacional destinado a financiar a los beneficiarios que no tienen los recursos para trasladarse a la unidad médica y obtener tratamiento.

 

El dictamen, aprobado el pasado 5 de diciembre, fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

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