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Bolet铆n N°. 2527 Conocen diputados diez dict谩menes; entre ellos, el que crea el Instituto de Salud para el Bienestar

22-10-2019.- El Pleno cameral conoci贸 para tr谩mite de declaratoria de publicidad diez dict谩menes. Uno de ellos, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para crear el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) y en materia de acceso a estos servicios y medicamentos asociados para personas que no poseen seguridad social.

 

Conforme al documento, el Insabi tendr谩 por objeto proveer y garantizar la prestaci贸n gratuita de servicios de salud, medicamentos y dem谩s insumos asociados a las personas sin seguridad social. Adem谩s, deber谩 impulsar, en coordinaci贸n con la secretar铆a federal del ramo en su calidad de 贸rgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integraci贸n y articulaci贸n de las instituciones p煤blicas del Sistema Nacional de Salud.

 

Los beneficiarios no cubrir谩n ning煤n tipo de cuotas de recuperaci贸n o cualquier otro costo por los servicios que reciban. Todas las personas que se encuentren en el pa铆s y no cuenten con seguridad social, tendr谩n derecho a recibir de forma gratuita la prestaci贸n de los servicios p煤blicos de salud, al momento de requerir la atenci贸n, de conformidad con el art铆culo cuarto de la Constituci贸n Pol铆tica, sin importar su condici贸n social.

 

La protecci贸n a la salud, ser谩 garantizada por el Estado, bajo criterios de universalidad e igualdad, deber谩 generar las condiciones para brindar el acceso gratuito, progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminaci贸n a los servicios m茅dicos, incluidas intervenciones quir煤rgicas, as铆 como medicamentos y dem谩s insumos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

 

Se crea el Fondo de Salud para el Bienestar, fideicomiso p煤blico sin estructura org谩nica, constituido en t茅rminos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en una instituci贸n de banca de desarrollo, en el que el Insabi funge como fideicomitente y tiene como fin destinar recursos a: atenci贸n de enfermedades que provocan gastos catastr贸ficos; a la infraestructura preferentemente en las entidades federativas con mayor marginaci贸n social y complementar los recursos destinados al abasto y distribuci贸n de medicamentos y dem谩s insumos, as铆 como del acceso a ex谩menes cl铆nicos, asociados a personas sin seguridad social.

 

Asimismo, se dio declaratoria al dictamen que adiciona un art铆culo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Art铆culo 123 constitucional, en materia de licencia por paternidad.

 

La reforma plantea que, en caso de adopci贸n, las madres tendr谩n un descanso de seis semanas posteriores al recibir al menor y en el caso de los padres se otorgar谩 un m铆nimo de cinco d铆as, conservando 铆ntegros todos sus derechos, inclusive el goce de la totalidad de su sueldo.

 

Se conoci贸 el dictamen que reforma los art铆culos 132 de la Ley Federal del Trabajo y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del art铆culo 123 constitucional, para proteger a mujeres v铆ctimas de violencia y su fuente de empleo.

 

El objetivo es establecer un permiso sin goce de sueldo hasta por 30 d铆as h谩biles para mujeres afectadas por una situaci贸n de violencia, y con ello, puedan resolver asuntos personales o un procedimiento legal. El permiso deber谩 durar el mismo tiempo que la orden de protecci贸n emitida por la autoridad competente.

 

Un dictamen adiciona la fracci贸n XI Bis al art铆culo 5 de la Ley General para la Inclusi贸n de las Personas con Discapacidad, a fin de adicionar el principio de solidaridad social en las pol铆ticas p煤blicas, enfocado a que la sociedad pueda prestar el apoyo a este sector de la poblaci贸n; facilitar y optimizar su inclusi贸n social.

 

Tambi茅n, se conoci贸 el dictamen que adiciona los art铆culos 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radio Difusi贸n, y un art铆culo 168 Ter C贸digo Penal Federal, con el fin de prohibir la fabricaci贸n, comercializaci贸n, adquisici贸n, e instalaci贸n, portaci贸n, uso y operaci贸n de equipos que bloqueen, cancelen o anulen se帽ales de telefon铆a celular, de radiocomunicaci贸n o de transmisi贸n de datos o imagen.

 

Se propone sancionar con pena de 12 a 15 a帽os de prisi贸n, a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere esos dispositivos y, si el delito fuera cometido por servidores p煤blicos, y sin autorizaci贸n expresa escrita debidamente acreditada por su superior inmediato, se impondr谩 pena de 15 a 18 a帽os de prisi贸n. Los equipos a que se hace referencia ser谩n asegurados y posteriormente deber谩n ser destruidos en su totalidad.

 

El dictamen que adiciona una fracci贸n X, recorri茅ndose la subsecuente al art铆culo 48 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tiene el prop贸sito de fortalecer la participaci贸n del Instituto Nacional de las Mujeres en la implementaci贸n de mecanismos para prevenir el acoso y hostigamiento sexual en los centros de trabajo.

 

Su finalidad es dise帽ar un protocolo de prevenci贸n y protecci贸n de la integridad de las mujeres en el 谩mbito laboral que son objeto de discriminaci贸n y violencia, con el objetivo de aminorar las brechas de desigualdad imperantes que causan alto sufrimiento humano.

 

De la Comisi贸n de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Clim谩tico y Recursos Naturales, se conoci贸 el dictamen que reforma el art铆culo 21 de la Ley General del Equilibrio Ecol贸gico y la Protecci贸n al Ambiente, a efecto de incluir la perspectiva intercultural y de g茅nero, en la distribuci贸n de costos y beneficios asociados a los objetivos de pol铆tica ambiental.

 

Con esta modificaci贸n se tiene la oportunidad de poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia y hacer frente al cambio clim谩tico sin que nadie quede rezagado para el 2030. Se busca lograr la igualdad entre los g茅neros, empoderar a todas las mujeres y ni帽as del pa铆s; adoptar medidas urgentes para combatir el cambio clim谩tico; proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, as铆 como poner un alto a la p茅rdida de la diversidad biol贸gica.

 

El Pleno conoci贸 el dictamen que reforma la fracci贸n II del art铆culo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Informaci贸n P煤blica, para que los sujetos obligados de los poderes judiciales federal y de las entidades pongan a disposici贸n del p煤blico y actualicen las versiones p煤blicas del texto 铆ntegro de todas las sentencias. Si las mismas no se hacen p煤blicas, no se conocer谩n las pr谩cticas discriminatorias y llenas de estereotipos de algunos jueces, las cuales s贸lo se llegan a conocer al volverse medi谩ticas y afectan sobre todo a mujeres.

 

Se conoci贸 el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, cuya finalidad es actualizar las referencias legislativas con el C贸digo Nacional de Procedimientos Penales. Su objetivo es que la norma sea acorde con las reformas que se dieron en materia procesal penal de la legislatura anterior, y con ello evitar lecturas fallidas en el marco jur铆dico ambiental.

 

Otro dictamen, reforma y adiciona los art铆culos 2 y 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, con el objetivo de incorporar mecanismos que garanticen que la pr谩ctica pesquera y la acuacultura, como actividades primarias, se orienten a la producci贸n para lograr la soberan铆a alimentaria.

 

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