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Boletín N°. 2608 Aprueban diputados definir delitos por los que el Presidente podrá ser investigado
  • Se busca contribuir a desaparecer la brecha entre inmunidad e impunidad

 

29-10-2019.- La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, el dictamen a la minuta que reforma los artículos 108 y 111 de la Constitución Política, para precisar que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, podrá ser acusado por actos de corrupción, delitos electorales y los contenidos en el segundo párrafo del artículo 19 de la Carta Magna.

 

Dicho párrafo puntualiza que éstos son: abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción, ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquier modalidad, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

 

Asimismo, en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, los cometidos con medios violentos como armas y explosivos, en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, así como los graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.

 

En cuanto al artículo 111 constitucional, se precisa que, para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, el Senado de la República resolverá con base en la legislación penal aplicable.

 

El documento avalado por 420 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones y devuelto al Senado de la República, resalta que la finalidad es avanzar gradualmente en la eliminación del fuero de los servidores públicos y de quienes lo ostentan, para contribuir a desaparecer esa brecha entre inmunidad e impunidad, provocada principalmente por los altos grados de corrupción en México, entre otras conductas delictivas establecidas en el artículo 19 de la Constitución Política y otros ordenamientos jurídicos y procesales.

 

Considera que la inmunidad debe limitarse a la libertad personal de cada uno de los integrantes titulares de tales órganos para que éstos, bajo cualesquiera circunstancias, funcionen con normalidad y no afecten el cumplimiento del servicio público.

 

Lo anterior, sin que favorezca la persecución política de los propios servidores públicos ni impacte en la estabilidad de la función que desempeñan o intervenga en la capacidad de decisión de los servidores públicos.

 

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputada Miroslava Carrillo Martínez (Morena), secundó el contenido esencial de la minuta enviada por el Senado, y exhortó al pleno de la Cámara de Diputados a continuar la construcción de las bases de una regulación que elimine el llamado fuero de los altos servidores públicos.

 

Ello, con la firme convicción de consolidar un mecanismo que en los hechos desestimule la impunidad, sin que favorezca la persecución política de los servidores públicos ni impacte en la estabilidad de la función que desempeñan o intervengan en su capacidad decisional.

 

El fuero ya no puede ser considerado durante más tiempo como privilegio conferido a determinados servidores públicos; las responsabilidades que deben cumplir no pueden ser omitidas, aun durante el periodo que dure su encargo. La principal razón es no continuar salvaguardando al servidor público con la excusa de que se hace al cargo o por eventuales acusaciones sin fundamento.

 

La inmunidad aludida en esta nueva reforma permite un ejercicio de la acción penal más libre y evita proteger a servidores públicos que han incurrido en algún delito. De esta manera, la figura vigente del fuero constitucional no promueve la responsabilidad pública, por lo que se debe modificar. “No hay motivo por el que el servidor público quede protegido y se permita determinar si su conducta que le imputan constituye o no algún delito”.

 

Carrillo Martínez precisó que la comisión consideró pertinente regresar a la redacción del proyecto de decreto en los mismos términos en los que fue presentada la iniciativa del Presidente de la República ante la Cámara de Senadores, la cual tiene el propósito de establecer la clara posibilidad de que el titular del Ejecutivo federal sea procesado penalmente por la comisión de los delitos referidos en el artículo 19 constitucional.

 

Se trata de eliminar el esquema de impunidad del más alto servidor público de la Federación, y no así la minuta recibida por la Cámara de Diputados, que adicionó una porción normativa que restringe la posibilidad actual de que los legisladores federales sean procesados por la comisión de cualquier delito.

 

En la actualidad, con lo dispuesto por el artículo 111 constitucional, diputados federales y senadores de la República pueden ser procesados penalmente por la comisión de cualquier delito, para lo cual es necesario que sean sometidos al procedimiento comúnmente conocido como desafuero, en el cual la Cámara de Diputados debe declarar por el voto de la mayoría absoluta de sus integrantes presentes, si hay o no lugar a proceder contra el inculpado.

 

“Esta comisión determinó regresar al texto original de la iniciativa para preservar intacto el propósito por el que fue diseñado el proyecto por el Ejecutivo. Más aún, cuando somos conscientes que la razón jurídica que subyace, atiende la demanda social de terminar con el velo de impunidad que ha procurado el fuero a los altos servidores de la nación”.

 

Consideró necesario eliminar gradualmente la figura de fuero constitucional de la que gozan en la actualidad servidores públicos, titulares de los poderes y de algunos órganos autónomos, así como los correspondientes a las entidades federativas por la comisión de delitos federales.

 

Este documento, añadió Miroslava Carrillo, sienta las bases para impedir que uno de los más altos funcionarios públicos del país sea sometido al poder de la justicia si sus comportamientos atentan contra el marco jurídico mexicano. “Ello, garantizando el desarrollo de la capacidad decisional y el libre funcionamiento de los poderes públicos, lo que permitirá vivir en un Estado de derecho bajo el principio del buen gobierno”.

 

En los posicionamientos, la diputada Silvia Lorena Villavicencio Ayala (Morena), señaló que frente a una reforma constitucional histórica que despoja al Presidente de la República de privilegios o mantos de impunidad al ampliar las conductas por las que se puede ser enjuiciado, “se inaugura la responsabilidad penal para el Presidente, pues el llamado fuero constitucional de los servidores públicos es uno de los más nefastos privilegios que han distinguido el ejercicio de la función pública en México”.

 

Se especifican los delitos por los que deberá responder el Presidente de la República durante el tiempo de su mandato; esclarece el procedimiento que habrá de seguirse para evitar la impunidad del mandatario y prevenir toda posibilidad de persecución política; trata de mantener viable el sistema de organización del Estado mexicano en torno de una República democrática. “Somos conscientes de que no estamos eliminando esta protección constitucional para todos los que actualmente gozamos de ella, lo cual no impide que seamos responsables de nuestras conductas”.

 

Por el PAN, el diputado Marcos Aguilar Vega destacó que hoy se aclara cuáles pueden ser los delitos que pueden ser objeto de investigación e imputación cuando sean presuntamente cometidos por el titular del Poder Ejecutivo, y precisa que además de traición a la patria será factible incorporar los que prevé la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, así como electorales y actos de corrupción. La reforma constitucional es una ampliación al catálogo de los delitos en los que puede incurrir el Presidente de la República.

 

Pero esto, dijo, “no lo coloca en un esquema de igualdad con el resto de los ciudadanos de la República, porque aún hay muchos tipos penales en los que no está incluida la figura del Presidente de la República; es un avance muy importante; la reforma satisface una necesidad fundamental en el establecimiento de un régimen republicano en el que la impunidad oficial y el abuso del poder puedan ser acotados. No se está eliminando la figura de fuero del Presidente de la República, eso es absolutamente falso”.

 

El diputado Cruz Juvenal Roa Sánchez (PRI) negó que se vaya a quitar el fuero presidencial. “Lo que hicimos es ampliar los delitos en materia del fuero. Los medios de control parlamentario son el instrumento idóneo para evitar que alguno de los tres Poderes de la Unión rebase los límites del poder. De ahí que exista el juicio político como procedimiento para imputar al titular del Ejecutivo federal por alguna de las causales actualmente previstas en la Constitución, como son traición a la patria y otros delitos graves del fuero común, y hoy debatimos la ampliación del catálogo”.

 

No hay un cambio en materia del derecho procesal constitucional en el rubro de juicio político, tan erróneamente señalado como eliminación del fuero. En realidad, lo que se hace es expandir las causales de juicio político, incorporando otras conductas antijurídicas que impliquen prisión preventiva oficiosa. “No se elimina, se perfecciona un modelo para evitar que se prive la impunidad en lo más alto del cargo del servicio público en México. Afirmar lo contrario sería una falacia; habrá lugar a acusarlo, ante la Cámara de Senadores”.

 

Gerardo Fernández Noroña, diputado del PT, señaló que esta Cámara no legisla para personas en concreto, sino para el país. Por lo que, “debemos ser muy responsables en nuestras decisiones y bajo ninguna circunstancia poner en condición de vulnerabilidad a un futuro presidente o presidenta de la República, porque es el eje articulado del sistema político mexicano”.

 

Retirar el fuero es una actitud irresponsable y suicida de quienes “nos dedicamos a la actividad política y, particularmente de quienes formamos parte de este movimiento de la Cuarta Transformación que encabeza el compañero presidente Andrés Manuel López Obrador. No debemos abrir un camino al golpismo, ni la puerta a las venganzas políticas desde el poder económico y político”.

 

La diputada de MC, Adriana Gabriela Medina Ortiz consideró positivo el dictamen, en virtud de permitir resolver los graves problemas de proporcionalidad e idoneidad que presentaba la minuta, ello sin considerar la incertidumbre jurídica en la que hubiese quedado el Poder Legislativo. “De haberse refrendado así, ponía las condiciones para la persecución de la oposición y, paradójicamente, potenciaba la impunidad en un fuero reforzado para los legisladores frente a la población en general”.

 

Afirmó que el fuero es una de las herramientas con las que se han logrado traiciones a la democracia, fraudes a la sociedad e impunidad en los crímenes. “Con la convicción de eliminar el fuero para ayudar a desterrar la impunidad, mi grupo parlamentario votará a favor para darnos la oportunidad de repensar nuestros objetivos y los medios para lograrlos en materia de eliminación del fuero. Trabajemos juntos con una nueva propuesta, con la consigna de no permitir ni el perdón ni el olvido contra la impunidad ni la injusticia ni abrir las puertas a la posibilidad de lesionar más la independencia entre poderes”.

 

Iván Arturo Pérez Negrón Ruiz, diputado de Encuentro Social, mencionó que el fuero especial del que goza el presidente y que hoy, con la aprobación de las y los legisladores se eliminará, se mantuvo vigente desde la Carta Magna del 57 y continuó en el texto original de la Constitución del 17. “Hoy, 100 años después las cosas han cambiado; se eliminan los viejos vicios del régimen anterior para pasar a una nueva condición. Con esta reforma para que el Ejecutivo ya pueda ser enjuiciado por actos de corrupción estamos dando un gran paso”.

 

La corrupción, añadió, le cuesta al país casi 80 mil millones de pesos en aquellos rubros fiscalizados, se necesita terminar con esa práctica. “Sabemos de la importancia de esta reforma, por ello iremos a favor. Sabemos que la eliminación del fuero en esta oportunidad se ha decidido que sea de manera paulatina; sin embargo, vamos a seguir insistiendo en la ampliación a la eliminación de este privilegio a todos los servidores públicos, a los representantes populares. El servicio público tiene que recuperar su esencia, ya no puede ser para el privilegio de unos pocos”.

 

Del PVEM, el diputado Marco Antonio Gómez Alcantar resaltó que hoy se amplía la responsabilidad en que pudiera llegar a incurrir el Presidente de la República, a fin de que pueda ser imputado y juzgado por hechos de corrupción, delitos electorales o por cualquiera de los señalados en el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución, y se hace una precisión para mejorar la redacción del párrafo cuarto del artículo 111, al establecer que para proceder penalmente con el Presidente de la República solo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores.

 

A partir de esta reforma, el Presidente pasa a formar parte de un régimen aplicable desde el 2016 a senadores y diputados federales, contra los cuales ya se puede proceder por cualquier delito, incluyendo los relativos a delitos por hechos de corrupción, delitos electorales y graves conforme al artículo 19 de la Constitución. “Ya no existe ninguna diferencia entre servidores públicos en cuanto a la posibilidad de enfrentarse a la justicia si se comete algún delito”.

 

La diputada Claudia Reyes Montiel (PRD) expresó que el dictamen no implica un cambio real y fundamental en la forma de hacer política en México, pero sí expresa la posibilidad de entablar una nueva relación entre los ciudadanos. “Hacemos votos para que la democracia mexicana, a través de esta reforma, se vea fortalecida y la confianza de los ciudadanos en el funcionario público sea restablecida. Buscaremos mejorar los procedimientos para fortalecer a las instituciones y generar los mecanismos por los cuales se pueda garantizar el correcto ejercicio del servicio público”.

 

El dictamen es un avance en la consolidación de la democracia igualitaria, sin privilegios para ningún servidor, eliminará la excusa de que hay barreras legales que ponen a los gobernantes por encima de los ciudadanos. “Con este paso no solo se garantiza la igualdad política sino también se fortalecerán las instituciones. Hacemos votos para que las entidades y las personas encontremos una nueva forma de convivencia”.

 

Al fijar su postura a favor, el diputado Ricardo Villarreal García (PAN) comentó que todos tienen que ser iguales ante la ley y los políticos no deben seguir teniendo una protección que los distinga. No obstante, el dictamen no cambia el fuero que tienen las y los diputados, senadores, gobernadores y otros funcionarios. “A lo único que se refiere esta reforma es simplemente cambiar un par de palabras, en cuanto a cuando el Presidente de la República puede ser juzgado por la comisión de un delito”.

 

El legislador Emilio Manzanilla Téllez (PT) señaló que aún persisten atavíos y la negativa de los poderes fácticos que se niegan a perder privilegios. “Los diputados y senadores debemos de tener fuero, porque el fuero le sirve a la gente, porque nosotros recibimos problemática de los ciudadanos”.

 

Por Morena, la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz indicó que con este dictamen se restringen los supuestos de inmunidad procesal al Presidente de la República. “Se acabó el manto protector de la impunidad del Presidente y, en consecuencia, debemos de ser congruentes con la digna labor del Ejecutivo, quien nada debe, nada teme porque los funcionarios están obligados a desempeñarse con responsabilidad, anteponiendo el interés de las y los mexicanos”.

 

María Ester Alonzo Morales, diputada del PRI, indicó que con esta reforma se establece la posibilidad de juzgar al Presidente de México por actos de corrupción, delitos electorales o cualquier otro hecho delictivo previsto en el artículo 19 constitucional. Sin embargo, este dictamen no elimina la inmunidad ni se le mueve una sola coma al juicio de procedencia previsto en el artículo 111 constitucional.

 

La diputada María de los Ángeles Huerta del Río (Morena) dijo que el presidente puede ser juzgado por traición a la patria, corrupción, delitos electorales y por todos aquellos delitos contenidos en el párrafo segundo del artículo 19 constitucional. “El dictamen sí le quita al Poder Ejecutivo esa figura privilegiada de la que antes se habían servido los partidos en el gobierno para cometer brutales y monstruosos actos de corrupción”.

 

De MC, la diputada Carmen Julia Prudencio González mencionó que esta propuesta de reforma no elimina el fuero, solo limita. “Esta reforma no es suficiente, ya que si bien se amplía el catálogo de delitos por el cual el Presidente de la República podrá ser acusado durante el tiempo de su encargo, no puede ser denunciado por todo tipo de delitos, sino solo por algunos y solo se menciona al Presidente de la República, lo que a nuestro parecer hace la reforma incompleta.

 

Pablo Gómez Álvarez, diputado de Morena, señaló que este documento tiene que ver con la historia del país y no es un asunto circunstancial, pues durante sexenios los presidentes hacían fraudes, condonaban adeudos fiscales y eran impunes. “Hoy queremos enviar el mensaje que no estamos de acuerdo y renegamos de esa historia negra de la política mexicana. Estamos diciendo que una república democrática no permite que el Presidente sea un intocable; estamos creando un nuevo sistema político de la Constitución”.

 

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