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Boletín N°. 4546 Por consenso, el Pleno avala reformas a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

• Se fortalece el derecho de los ciudadanos al acceso de la información

• El dictamen fue enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales

26-11-2020.- Con la unanimidad de 462 votos a favor, el Pleno cameral aprobó el dictamen por el que se reforman los artículos 201 y 206 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a fin de garantizar y fortalecer el derecho de los ciudadanos a acceder a la información.

La reforma al artículo 201 precisa que los organismos garantes, en el ámbito de sus competencias, “deberán†–-en lugar de “podrán-- imponer al servidor público encargado de cumplir con la resolución, o a los miembros de los sindicatos, partidos políticos o a la persona física o moral responsable, las medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de sus determinaciones.

En tanto, el artículo 206 quedó de la siguiente manera: La ley federal y de las entidades federativas, “establecerán†–-en lugar de “contemplaránâ€-- las causas de sanción por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la materia de la presente ley.

El dictamen fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Las reformas cierran el espacio para discrecionalidad

En la fundamentación del dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, el diputado José Luis Montalvo Luna (PT) señaló que las reformas son relevantes porque cierran el espacio a la discrecionalidad, apremian a los sujetos obligados a transparentar la información pública y a cumplir en tiempo y forma las solicitudes de los ciudadanos.

Las reformas, dijo, coadyuvarán a garantizar el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública. La transparencia, añadió, es el elemento transversal que hace posible una efectiva y real rendición de cuentas de las instituciones del Estado.

Estos cambios semánticos, resaltó, son fundamentales para que los funcionarios públicos no eludan su responsabilidad de apremiar a los sujetos obligados a cumplir con lo que la ley establece, y para que se cierre el espacio para una interpretación a modo en el establecimiento de sanciones.

Además, se perfecciona el andamiaje jurídico y se cierran las lagunas interpretativas “que algunos sujetos obligados o funcionarios públicos han utilizado para evitar que los ciudadanos ejerzan su derecho constitucional a acceder a la información públicaâ€, subrayó el diputado Montalvo Luna.

Ley debe ser totalmente clara en sus preceptos

Ernesto Vargas Contreras, diputado de Encuentro Social y promovente de la reforma, expuso que la transparencia es un elemento fundamental de un gobierno responsable, y una cualidad; implica que los funcionarios públicos tengan el deber de actuar de manera visible y abierta ante los ciudadanos, quienes exigen con mayor frecuencia información y mayor participación en la toma de decisiones.

Afirmó que no debe haber la opción de contestar o no las solicitudes de información; la ley debe ser totalmente clara en sus preceptos y evitar términos que se presten a interpretaciones favorables para los sujetos obligados.

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