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Boletín N°. 6339 Aprueban en Comisión reformas al Reglamento de la Cámara de Diputados y a la Ley Orgánica del Congreso General

 

  • Ante la elección consecutiva, se establece un mecanismo que regule los trámites para manejar los asuntos de una Legislatura a otra

 

 

  • Los vicepresidentes de la Mesa Directiva del Senado podrán formar parte de alguna comisión ordinaria o especial

 

 

20-04-2021.- La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, que preside el diputado Marcos Aguilar Vega (PAN), aprobó, por unanimidad, dos dictámenes. Uno, a la iniciativa para reformar el Reglamento de la Cámara de Diputados, y dos, a la minuta que modifica la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

En reunión semipresencial, integrantes de la instancia legislativa avalaron el dictamen con proyecto de decreto para adicionar un Título Décimo al Reglamento de la Cámara de Diputados, que se denominará “De los asuntos que pasan de una Legislatura a otra”, conformado de dos Capítulos: “De las iniciativas y minutas” y “De los dictámenes en poder de la Mesa Directiva”, integrados por los artículos 286, 287 y 288.

 

En las consideraciones, la Comisión establece la necesidad de incorporar un mecanismo que regule los trámites que deben recaer en los asuntos que pasan de una Legislatura a otra, derivado de la nueva realidad de la elección consecutiva.

 

El propósito, destaca, es salvaguardar en todo momento los derechos de las y los legisladores respecto del proceso parlamentario que deben tener las iniciativas que presentan, las cuales no deberían ser desechadas en conjunto, sobre todo si muchos de las y los legisladores podrían formar parte de la nueva Legislatura.

 

El Artículo 286 precisa que las iniciativas cuyo plazo para ser dictaminadas y/o resueltas haya vencido y que no fueron procesadas durante la Legislatura saliente, de conformidad con los artículos 89 y 184, quedarán bajo resguardo de la Secretaría de Servicios Parlamentarios hasta el término del Primer Periodo Ordinario del Segundo Año de Ejercicio de la Legislatura entrante.

 

La Secretaría de Servicios Parlamentarios, al finalizar la Legislatura saliente, publicará el listado respectivo en la Gaceta Parlamentaria, así como en un micrositio de la Cámara de Diputados.

 

La diputada o diputado electo para un periodo consecutivo que haya sido iniciante en la Legislatura anterior; los grupos parlamentarios a través de su coordinador o coordinadora; o la junta directiva de las comisiones ordinarias en ejercicio, podrán solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva que se turne una o varias de las iniciativas que estén en el referido listado a las comisiones correspondientes y serán procesadas en los términos reglamentarios.

 

El artículo 287 establece que la Secretaría de Servicios Parlamentarios, al finalizar la Legislatura, elaborará un listado con las iniciativas y minutas que no hayan sido dictaminadas y/o resueltas y cuyo plazo continúe vigente, el cual será remitido a la Mesa Directiva de la Legislatura entrante para su publicación en la Gaceta Parlamentaria.

 

Las iniciativas y minutas que no hayan sido dictaminadas y/o resueltas, cuyo plazo continúe vigente, que sean recibidas por la Legislatura entrante, serán turnadas a las comisiones correspondientes una vez que hayan sido instaladas para efecto de que sean procesadas en los términos reglamentarios.

 

El artículo 288 plantea que los dictámenes de iniciativas, minutas y puntos de acuerdo en poder de la Mesa Directiva serán devueltos a las comisiones correspondientes en calidad de proyectos. Las comisiones deberán elaborar un acuerdo dentro del primer mes de sus trabajos, a partir de su instalación, donde señalen qué proyectos serán desechados y cuáles serán procesados para su nueva discusión.

 

En caso de que un proyecto de dictamen corresponda a comisiones unidas, la comisión que encabeza el turno será la encargada de realizar el acuerdo señalado en el numeral anterior.

 

Reforma al artículo 92 de la Ley Orgánica del Congreso

 

Por otra parte, ratificaron el dictamen con proyecto de decreto a la minuta enviada por la Colegisladora para reformar el artículo 92 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de modificar la redacción del numeral 1 y adicionar un numeral 2, con el objeto de eliminar la restricción que actualmente impide a los vicepresidentes de la Mesa Directiva formar parte de alguna comisión ordinaria o especial.

 

El numeral 1 establece que, durante su encargo, el presidente de la Cámara no formará parte de ninguna comisión ordinaria o especial.

 

El numeral 2 plantea que “los vicepresidentes de la Cámara de Senadores sólo podrán formar parte, como integrantes, de las comisiones ordinarias o especiales”.

 

En las consideraciones, la Comisión argumentó que el trabajo de las comisiones ordinarias en las Cámaras del Congreso de la Unión debe ser especializado, de acuerdo con las materias que atienden. Su labor es sustantiva para los resultados del Pleno, porque tienen a su cargo la elaboración y aprobación de dictámenes, opiniones e informes, así como ejercer la función de control evaluatorio respecto del Poder Ejecutivo.

 

Por ello, es de suma importancia cuidar su integración, con legisladores de experiencia y amplios conocimientos en los temas que se discuten, como los vicepresidentes de la Mesa Directiva, y puedan integrarse al quehacer de dichas comisiones.

 

Asimismo, las y los integrantes de la instancia legislativa avalaron por unanimidad el Acuerdo para solicitar a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos autorice el reacomodo de las inscripciones con Letras de Oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.

 

Validaron por mayoría el acta de la séptima reunión plenaria constituida en permanente, celebrada el 3 de marzo pasado.

 

También se dio cuenta de los asuntos turnados por la Mesa Directiva a la Comisión, en abril del presente año, para su análisis y desahogo.

 

 

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