La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, que preside el diputado Óscar González Yáñez (PT), aprobó dos dictámenes en materia de rendición de cuentas de los órganos internos de control y de juicio político. El primero de ellos, aprobado por 19 votos, con correcciones sobre lenguaje incluyente y modificaciones propuestas previamente por el grupo parlamentario de Morena, es el dictamen a la iniciativa que adiciona un Título Quinto denominado “Del Órgano Interno de Control”, Capítulo Único, y los artículos 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en materia de rendición de cuentas de los órganos internos de control. Estipula que el Órgano Interno de Control es un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones. Tendrá a su cargo prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de servidores públicos del Tribunal señalados en las fracciones XII a XIV y último párrafo del artículo 42 de la presente ley y de particulares vinculados con faltas graves. Además, sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos federales, así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. Menciona que la persona titular del Órgano Interno de Control deberá ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos y tener treinta y cinco años cumplidos el día de la designación, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año, no estar inhabilitado para desempeñar cargo, empleo, comisión en el servicio público o sancionado administrativamente por faltas graves. También, contar al momento de su designación con una experiencia de al menos cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, entre otros requisitos. No haber sido Secretario de Estado, Procurador General de la República o de Justicia de alguna de las entidades federativas, Oficial Mayor de un ente público, senador, diputado federal, gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, dirigente, miembro de órgano rector, alto ejecutivo o responsable del manejo de los recursos públicos de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la propia designación. La diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez (Morena) indicó que el lenguaje incluyente debe ser parte de estas reformas, por lo que sugirió una serie de modificaciones para que se incluyan en el dictamen. De la misma bancada, la diputada Beatriz Rojas Martínez coincidió con estas propuestas de modificaciones que no son de fondo, sino de forma, pues en todas las leyes y reformas se está visibilizando el lenguaje incluyente. Del PAN, la diputada Gloria Romero León comentó que efectivamente como está redactado el dictamen no se toca el lenguaje de género. Por 22 votos a favor, cero en contra y una abstención, se aprobó el dictamen a la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en materia de juicio político y declaración de procedencia. El decreto por el que se reforma los artículos 12, inciso c) y e); 26; 36, segundo párrafo y 45, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, agrega la palabra “supervenientes” en caso de la presentación de pruebas a la Subcomisión de Examen Previo. Menciona que, dada cuenta del dictamen correspondiente, el presidente de la Cámara anunciará a ésta que debe erigirse en Jurado de Procedencia “dentro de los siguientes tres días” a la fecha en que se hubiese depositado el dictamen. Respecto a esta modificación, la Comisión observa que el plazo para que la Cámara se erija en jurado de procedencia, pasando del día siguiente a dentro de los siguientes tres días, se considera pertinente y razonable para conocer la totalidad de los documentos y se homologaría la temporalidad de la declaración de procedencia a la establecida en esta misma Ley para el procedimiento de juicio político. Modifica las palabras “señalará” por “requerirá” y “bajo apercibimiento” por “con el apercibimiento”, por considerar que otorgan imperatividad de la facultad que se le otorga a las Cámaras para los procesos de juicio político y la declaración de procedencia. Sustituye “salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal” por Unidad de Medida y Actualización”. La Comisión señala que esta modificación es oportuna, adecuada y pertinente, ya que la UMA es la unidad de cuenta que se utiliza como referencia, medida o base económica en pesos para determinar el pago de obligaciones, créditos, multas, impuestos y deducciones personales. La diputada García Grande dijo que hay una ausencia de disposiciones específicas en cuanto a desafuero y juicio político, ya que la propia ley no se ha actualizado desde 2016, pero la mejora continua debe apegarse a nuevos paradigmas garantistas, con leyes armonizadas con una visión de procedimientos específicos y que otorguen una garantía de audiencia ante una eventual imputación El diputado Alejandro Ponce Cobos (Morena) explicó que la propuesta considera modificaciones planteadas por el grupo parlamentario de Morena para mantener en el texto a las tres comisiones encargadas de la Subcomisión de Examen Previo. La Comisión también aprobó por 23 votos a favor su opinión sobre la iniciativa con Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2º, 3º y 11 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la cual se remitió a la Comisión de Infraestructura. --ooOoo-- |