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Boletín N°. 6356 La Cámara de Diputados aprobó reforma al Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos
  • Se deja sin efecto, la facultad de la CRE sobre regulación asimétrica de las ventas de primera mano de Pemex

  • Descartan volver al esquema de monopolio estatal; transitan a un mercado en igualdad

21-04-2021.- La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, por 301 votos a favor, 147 en contra y 2 abstenciones, el dictamen por el que se reforma el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y lo remitió al Senado.

Establece que, al haberse logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados se dejará sin efectos la facultad otorgada a la Comisión Reguladora de Energía para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como la comercialización que realicen personas controladas por Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios.

Precisa que la enajenación que realicen Petróleos Mexicanos, sus empresas productivas subsidiarias, o una persona moral, por cuenta y orden del Estado, será considerada como comercialización en términos de lo establecido por la Ley de Hidrocarburos y sus Reglamentos, por lo que se deberán observar los principios de generalidad y no indebida discriminación previstos en la misma.

En su régimen transitorio, se estipula un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto, para que la Comisión Reguladora de Energía deje sin efectos los acuerdos, disposiciones administrativas de carácter general, resoluciones y lineamientos relacionados con la imposición de principios de regulación asimétrica a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, bajo la atribución concedida por la disposición transitoria que se reforma en el presente decreto.

El documento avalado busca el máximo factor de producción de los hidrocarburos y petrolíferos, garantizando el suministro de los mismos, en beneficio de las y los mexicanos.

Lo anterior, añade, con la finalidad de lograr la seguridad y soberanía energéticas para contribuir al desarrollo nacional, teniendo como referencia que Pemex es una empresa productiva del Estado mexicano.

En la discusión en lo particular, diputados del PRI y PRD presentaron propuestas de modificación al Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, las cuales fueron rechazadas por el Pleno.

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