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Bolet铆n N°. 0774 Presentan iniciativa para garantizar Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios en la educaci贸n superior

 

  • La diputada Herrera Anzaldo (PRI) propuso reformar la Ley General de Educaci贸n

 

18-12-2021.- La diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI) present贸 una iniciativa para que quienes acceden a la educaci贸n superior, puedan tener la certeza de que la acreditaci贸n de sus estudios es v谩lida, con una c茅dula profesional que lo avale y les permita el ejercicio de su profesi贸n y, si lo desean, continuar sus estudios, no solo en M茅xico sino en el extranjero.

 

La propuesta de reforma a la Ley General de Educaci贸n plantea establecer la obligaci贸n de que todas las instituciones de educaci贸n superior cuenten con oferta educativa con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE).

 

Asimismo, busca garantizar la formaci贸n de profesionistas cuyo ejercicio sea plenamente acreditado por un t铆tulo legalmente expedido, registrado y, en su caso, la obtenci贸n de la patente para su ejercicio.

 

Se帽ala que queda prohibido que los particulares presten servicios educativos a nivel superior o impartan estudios sin reconocimiento de validez oficial, de los cuales para su ejercicio se requiera t铆tulo o c茅dula profesional.

 

En la actualidad, explica, el art铆culo 150 establece el permiso a los particulares para impartir estudios sin contar con el reconocimiento de validez oficial, con la sola condici贸n de mencionarlo en su publicidad y en la documentaci贸n expedida, lo cual no se corrigi贸 en la reforma educativa, 鈥渋gnorando el gran da帽o provocado al plan de desarrollo profesional de las y los j贸venes鈥.

 

En el Art铆culo 101 plantea que en la educaci贸n que impartan los particulares, debe demostrarse adem谩s el cumplimiento de las obligaciones se帽aladas en el art铆culo 147, fracci贸n II de la presente Ley, respecto a condiciones higi茅nicas, de seguridad, protecci贸n civil, pedag贸gicas y accesibilidad.

 

Considera que contar con RVOE y con el legal establecimiento de planes y programas en las instituciones de educaci贸n superior (p煤blicas y privadas) significa tambi茅n la obligaci贸n de garantizar que el personal acad茅mico posea como m铆nimo el t铆tulo, diploma o grado para el nivel educativo en el que pretenda ense帽ar.

 

Afirma que las y los legisladores deben proteger el derecho a la educaci贸n y realizar modificaciones legales para fortalecer la Constituci贸n y se帽alar con claridad en la Ley las obligaciones y prohibiciones indispensables para evitar que se viole o disminuya el ejercicio de ese derecho.

 

La iniciativa con proyecto de decreto que reforma los art铆culos 50, 51, 84, 98, 101, 111, 113, fracci贸n XIX, y 150, turnada a la Comisi贸n de Educaci贸n, contribuir谩 al desarrollo del pa铆s, a la continuidad y la movilidad educativa, puntualiza.

 

 

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