22 de noviembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Noviembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 0799 Proponen prisión preventiva oficiosa a quien cierre vías de comunicación terrestre
  • Se requieren mecanismos para salvaguardarlas y permitir el flujo de mercancías y personas: diputada Guerra Castillo

 

 

  • Su iniciativa de reforma al artículo 19 de la Carta Magna se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales

 

28-12-2021.- La diputada Marcela Guerra Castillo (PRI) presentó reformas al artículo 19 de la Constitución Política para adicionar el cierre de vías de comunicación terrestre, en los ámbitos federal, estatal y municipal al catálogo de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

 

El documento remitido a la Comisión de Puntos Constitucionales para su dictamen expresa que en los últimos meses se han presentado cierres arbitrarios de vías de comunicación a lo largo del país, ya sea por contingentes de manifestantes, o grupos de la delincuencia organizada.

 

Estos actos no sólo ponen en riesgo la movilidad y la seguridad de las personas, refiere, sino también representan pérdidas económicas millonarias para el comercio mexicano, tanto para grandes empresas, como pequeños y medianos comerciantes, así como para quienes deben esperar por horas la liberación de las vías incomunicadas.

 

La situación es grave, señala, y las acciones realizadas por el gobierno federal y los gobiernos locales no son suficientes, por lo que es necesario buscar mecanismos que permitan salvaguardar las vías de comunicación terrestre y el flujo de mercancías, para evitar seguir golpeando a empresas y comerciantes, pequeños y medianos, que experimentan grandes pérdidas por estas acciones.

 

Con la propuesta, se busca incluir en el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa —establecido en el artículo 19 de la Carta Magna— el cierre de vías de comunicación terrestre, ilícito contenido en el artículo 167, fracción III del Código Penal Federal, con el objetivo de desincentivar que manifestantes o grupos criminales ejecuten estas acciones. Además, que se considere en esta medida, el cierre de vías de comunicación terrestre de los ámbitos estatal y municipal.

 

Recordó el cierre de vías del tren en Michoacán, que, de acuerdo con la Asociación de Industriales de Michoacán, conlleva una pérdida de más de 150 millones de pesos.

 

Asimismo, la pérdida económica por la toma de casetas en los primeros dos años del gobierno federal se estimó en siete mil millones de pesos, según datos de empresas privadas concesionarias de autopistas y carreteras de cuota, así como, Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; y en promedio se perdieron dos mil millones de pesos por interrupciones en las cadenas de suministro.

 

“Ante tales circunstancias, las acciones realizadas por el gobierno federal no han sido suficientes para recuperar la operación de las plazas de cobro, pues prevalecen todavía incentivos perversos, que seguramente propiciarán que los grupos sigan tomando casetas, en diversas entidades de la República Mexicana”.

 

--ooOoo--

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación