• Aprobó su quinto informe semestral y otros predictámenes a puntos de acuerdo • Se darán a conocer al pleno de la Comisión 17-02-2021.- La Junta Directiva de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, que preside la diputada Rosalba Valencia Cruz (Morena), aprobó la propuesta de dictamen a la iniciativa que reforma la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de deudores alimentarios, asà como otros predictámenes a puntos de acuerdo con exhortos a diferentes instituciones y organismos. Identificación de deudores y acreedores alimentarios El primer predictamen es a la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artÃculos 121 Bis, 121 Ter, 121 Quater y 121 Quinquies; reforma las fracciones XV y XVI del artÃculo 122 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para generar medidas, mecanismos o instrumentos que faciliten la coordinación de los diversos niveles de gobierno y coadyuven con los poderes judiciales locales para identificar a acreedores y deudores alimentarios. El artÃculo 121 Bis plantea en su primer párrafo que las autoridades administrativas y jurisdiccionales de las entidades federativas, municipales y alcaldÃas de la Ciudad de México establecerán mecanismos para hacer del conocimiento de las procuradurÃas de protección la información sobre las personas que hayan incumplido por más de 90 dÃas naturales las resoluciones jurÃdicas en materia de pensiones alimentarias otorgadas a favor de niñas, niños y adolescentes, sin causa justificada. En el artÃculo 21 Ter se señala que las procuradurÃas de protección serán las encargadas de requerir, revisar e integrar la información que corresponda a las personas que sean identificadas como deudores alimentarios por el incumplimiento a las resoluciones judiciales dictadas en materia de pensión alimenticia otorgada a favor de niñas, niños y adolescentes. Además, se encargarán de actualizar la información, cuando se haga de su conocimiento que el deudor alimentario ha subsanado el incumplimiento. El artÃculo 121 Quater refiere que el Registro Nacional de Deudores Alimentarios tiene como finalidad la protección y restauración de los derechos de las y los menores, por medio del cual se proporcionará información para consulta pública con la plena identificación de las personas que hayan incumplido estas obligaciones. La información del Registro será pública, en términos de lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. El artÃculo 121 Quinquies estipula que la ProcuradurÃa Federal de Protección realizará el registro de los deudores alimentarios que reporten las demás procuradurÃas de protección e informará de la inscripción a estas últimas, en un término no mayor a 10 dÃas naturales de haber recibido la información. El artÃculo 122 adiciona la fracción XVI para establecer la atribución de las procuradurÃas de protección de enviar mensualmente la información correspondiente a la ProcuradurÃa Federal de Protección, para coadyuvar a mantener actualizada el Registro Nacional de Deudores Alimentarios. Puntos de acuerdo Asimismo, se aprobó el dictamen al punto de acuerdo para exhortar al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y a la ProcuradurÃa Federal de Protección, a informar sobre las acciones y avances que han realizado en materia de adopción, de acuerdo con la reforma realizada a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2019. Uno más, para exhortar al titular de la SecretarÃa de Relaciones Exteriores, asà como a la Cámara de Senadores, a realizar los trámites correspondientes para la firma y ratificación del Tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a un procedimiento de comunicaciones. Otro, para solicitar a la SecretarÃa de Gobernación que, a través del Instituto Nacional de Migración, realice campañas informativas para dar a conocer la existencia, funciones y atribuciones de los Oficiales de Protección de la Infancia, del Instituto Nacional de Migración. Además, uno para exhortar a la SecretarÃa de Salud para que continúe con acciones de fortalecimiento de los programas y mecanismos de la salud para la atención y protección de niñas, niños y adolescentes durante la pandemia del Covid-19 e informe respecto de la aplicación y desarrollo de las acciones para mitigar los contagios y decesos en niñas, niños y adolescentes. Informe de actividades Asimismo, la Junta Directiva aprobó su Quinto Informe Semestral correspondiente al Tercer Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura. Por instrucciones de la presidenta, todos los predictámenes se darán a conocer al pleno de la Comisión. --ooOoo-- |