- El documento se aprob贸 con 436 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones
- Se envi贸 al Senado de la Rep煤blica para sus efectos constitucionales
08-03-2021.- En sesi贸n semipresencial, la C谩mara de Diputados aprob贸 con 436 votos a favor, uno en contra, y cero abstenciones, el Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan los art铆culos 325 del C贸digo Penal Federal y el 131 del C贸digo Nacional de Procedimientos Penales, en materia del delito de feminicidio. Se envi贸 al Senado. La iniciativa, suscrita por diputadas y diputados y coordinadoras y coordinadores de los grupos parlamentarios, fue considerada de urgente resoluci贸n en votaci贸n econ贸mica, se le dispensaron todos los tr谩mites y se someti贸 a discusi贸n y votaci贸n. En cuanto al C贸digo Penal, establece que, en caso del delito de feminicidio, se considera que hay una raz贸n de g茅nero cuando: existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el 谩mbito pol铆tico, del sujeto activo en contra de la v铆ctima. Asimismo, cuando haya existido entre el sujeto y la v铆ctima parentesco por consanguinidad o afinidad o una relaci贸n sentimental, afectiva, laboral, docente, de confianza o alguna otra que evidencia desigualdad o abuso de poder entre el agresor y la v铆ctima. Tambi茅n, cuando se determine que hubo amenazas directas o indirectas; cuando el cuerpo de la v铆ctima sea arrojado o depositado en un lugar p煤blico. Adem谩s, cuando el sujeto activo haya obligado a la v铆ctima a realizar una actividad o trabajo o haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotaci贸n. A帽ade que las penas previstas se incrementar谩n hasta en una tercera parte, con excepci贸n del l铆mite m谩ximo en t茅rminos del art铆culo 25 de este C贸digo, si el delito fuere cometido previa suministraci贸n de estupefacientes o psicotr贸picos para causar la inconsciencia de la v铆ctima. Tambi茅n cuando la v铆ctima sea menor de edad. La pena de prisi贸n se aumentar谩 hasta en una mitad con excepci贸n del l铆mite m谩ximo en t茅rminos del art铆culo 25 de este C贸digo, si el delito es cometido por alg煤n servidor p煤blico que tenga a su cargo funciones de prevenci贸n, persecuci贸n o sanci贸n del delito o de ejecuci贸n de penas, o por alg煤n prestador de servicios de seguridad privada. Respecto a la adici贸n al art铆culo 131 del C贸digo Nacional de Procedimientos Penales, se se帽ala que en la investigaci贸n de todos los hechos por los que se prive de la vida con violencia a una mujer, el Ministerio P煤blico estar谩 obligado a constatar si existe alguna de las razones de g茅nero establecidas en el delito de feminicidio, previsto en el art铆culo 325 del C贸digo Penal Federal y que, en su caso, 茅ste se aplique. Un nuevo tipo penal de feminicidio, producto del reclamo social La diputada Nayeli Arlen Fern谩ndez Cruz (Morena) afirm贸 que el establecimiento del nuevo tipo penal, feminicidio, es producto de un reclamo social y una respuesta institucional a las voces, que incluso, consideraron dar un paso atr谩s en la eliminaci贸n del t茅rmino para sustituirlo por el gen茅rico 鈥渉omicidio鈥. Destac贸 la importancia de visibilizar la 鈥渃ruel realidad, basta de cerrar los ojos ante esta circunstancia que nos lastima鈥. Subray贸 que en la lucha del reconocimiento de los derechos y protecci贸n de la mujer no habr谩 cambio de ruta ni c贸modas pausas, incluso por coyunturas o intereses pol铆ticos. Con la reforma planteada, se busca eliminar las trabas de acceso a la justicia de las que tanto adolece el sistema, pues en la actualidad muchas de las muertes de mujeres no son investigadas como feminicidio por no tener claridad de lo que implica el t茅rmino, 鈥渞az贸n de g茅nero鈥, por eso queremos una justicia con perspectiva de g茅nero. 鈥淓s momento de hacer la parte que nos corresponde, compromet谩monos a dar resultados y adecuamos nuestro marco jur铆dico para que sea m谩s sencillo y se garantice que caiga todo el peso de la ley sobre quienes agreden a una mujer. D茅mosle voz a quienes hasta hoy han sido ignoradas, olvidadas e incluso asesinadas. Cero tolerancia a la violencia para que de hoy en adelante sean los feminicidas quienes teman a la justicia鈥, finaliz贸. --ooOoo-- |