22 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 6496 Piden derogar fracción constitucional que establece que un ciudadano pierde sus derechos por vagancia o ebriedad
  • Es una disposición discriminatoria en exceso; contraviene al artículo 1º constitucional: diputada Rojo Pimentel (PT)

 

 

  • Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales

 

La diputada Ana Karina Rojo Pimentel (PT) planteó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se deroga la fracción IV del artículo 38 de la Constitución Política, que establece que un ciudadano pierde sus derechos o prerrogativas por vagancia o ebriedad consuetudinaria.

 

Actualmente el Artículo 38 precisa que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden, “por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes”.

 

La iniciativa, turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, argumenta que el Estado está obligado a proporcionar a los ciudadanos la mayor certeza legal posible, a fin de que estén en condiciones de ejercer en plenitud sus derechos fundamentales que la Constitución establece en su beneficio.

 

De igual forma, vigilar que no sean vulnerados estos derechos por cuestiones subjetivas que impidan ejercer sus derechos políticos y de participación en los asuntos políticos del país, razón por la cual estimamos necesario eliminar de nuestro texto constitucional esta hipótesis que no contribuye a este propósito.

 

El documento enfatiza que la actual fracción IV del citado artículo es una disposición discriminatoria en exceso, situación que contraviene al artículo 1º constitucional que prohíbe la discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, y que anule o menoscabe los derechos de las personas.

 

Subraya que el Estado de derecho se fortalecerá protegiendo a sus individuos integrantes al rechazar las normas confusas y ambiguas que representan un peligro jurídico para la democracia y la representación popular.

 

--ooOoo--

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación