- Para 2022, se prev茅n ingresos por siete billones 88 mil 250.3 millones de pesos
- El dictamen recibi贸 265 votos a favor, 214 en contra y cero abstenciones; se procedi贸 a la discusi贸n en lo particular
20-10-2021.- Con 265 votos a favor, 214 en contra y cero abstenciones, la C谩mara de Diputados aprob贸, en lo general, el dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley de Ingresos de la Federaci贸n para el Ejercicio Fiscal de 2022. Ley de Ingresos 2022, es completa, participativa y responsable Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisi贸n de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, diputado Luis Armando Melgar Bravo (PVEM), expres贸 que la Ley de Ingresos de la Federaci贸n 2022 se destaca por no contemplar nuevos impuestos y mantiene la cobertura en los ingresos del pa铆s, para dar cumplimiento y atender las demandas de los estados, municipios y de la sociedad en general, dando sustento financiero a los compromisos del Ejecutivo Federal. Se contempla, dijo, alcanzar ingresos por 7.1 billones de pesos; un aumento de 8.9 en t茅rminos reales en comparaci贸n a la Ley de Ingresos de 2021; el nivel de deuda respecto al Producto Interno Bruto se encuentra estabilizado en 51 por ciento, e igual que el estimado para el cierre de 2021. Indic贸 que en las proyecciones de finanzas p煤blicas de 2022, se utiliza una tasa de crecimiento del Producto Interno Bruto del 4.1 por ciento; el precio de la mezcla mexicana de exportaci贸n, est谩 estimado en 55.1 d贸lares por barril, con una plataforma de producci贸n de petr贸leo de 1.8 millones de barriles diarios. Adem谩s, a帽adi贸 Melgar Bravo, se proyecta una inflaci贸n anual de 3.4 por ciento en l铆nea con las proyecciones y la convergencia en el objetivo del Banco de M茅xico; considera una tasa de inter茅s promedio de 5 por ciento, as铆 como un tipo de cambio promedio de 20.3 pesos por d贸lar. 鈥淐on todo ello, la Ley de Ingresos para el ejercicio 2022 es completa, participativa y responsable, y es una determinaci贸n de los techos de endeudamiento y del balance p煤blico en los recursos que emplear谩 el pr贸ximo a帽o fiscal, a fin de ejercer un presupuesto eficaz, eficiente y responsable鈥, asegur贸. El dictamen se帽ala que de los siete billones 88 mil 250.3 millones de pesos (mdp) que se prev茅 captar el a帽o pr贸ximo, tres billones 944 mil 520.6 mdp corresponden a impuestos; 411 mil 852.5 mdp a Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social; 32.6 mdp a Contribuciones de Mejoras; 47 mil 193.5 mdp a Derechos; 7 mil 918.8 mdp a Productos; 184 mil 864.7 mdp a Aprovechamientos. Un bill贸n 205 mil 324.3 mdp a Ingresos por Ventas de Bienes, Prestaci贸n de Servicios y Otros Ingresos; 370 mil 928.1 mdp a Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones, y 915 mil 615.2 mdp a Ingresos Derivados de Financiamientos. Se estima una recaudaci贸n federal participable por 3 billones 728 mil 987.5 mdp. Estima que el Producto Interno Bruto (PIB) registre un crecimiento puntual de 4.1 por ciento para el ejercicio fiscal de 2022, un tipo de cambio respecto al d贸lar de 20.3 pesos por d贸lar, una plataforma de producci贸n de petr贸leo crudo, en mil 826 miles de barriles diarios, con una estimaci贸n del precio ponderado acumulado del barril de petr贸leo crudo de exportaci贸n de 55.1 d贸lares por barril. Faculta al Ejecutivo Federal para otorgar, durante el ejercicio fiscal de 2022, los beneficios fiscales necesarios a efecto de dar debido cumplimiento a las resoluciones que se deriven de la aplicaci贸n de mecanismos internacionales para la soluci贸n de controversias legales que determinen una violaci贸n a un tratado Internacional. Para 2022 no se establece un dividendo estatal a las empresas productivas del Estado, as铆 como a sus empresas productivas subsidiarlas, de conformidad con lo dispuesto en los art铆culos 97 de la Ley de Petr贸leos Mexicanos y 99 de la Ley de la Comisi贸n Federal de Electricidad, toda vez que no se prev茅 que, durante 2021, Pemex y CFE o sus empresas productivas subsidiarias generen utilidades. Excluye de la meta de balance presupuestario un monto de inversi贸n hasta por 3.1 por ciento del PIB y que dicho monto se integrar谩 con la inversi贸n de Pemex, de la CFE y del Gobierno Federal, resaltando que la cobertura institucional al sector p煤blico presupuestario se realiza con el fin de que sea m谩s transparente su evaluaci贸n. De esta manera, adem谩s de la inversi贸n del Gobierno Federal y las empresas productivas del Estado, se incluye a las entidades de control presupuestario directo que son el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Conserva durante 2022 la medida concerniente a que la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, por conducto del 谩rea responsable de la banca y ahorro, contin煤e con la atenci贸n de la problem谩tica social de los ahorradores afectados por la operaci贸n irregular de cajas populares de ahorro y pr茅stamo. Precisa que el producto de la enajenaci贸n de los bienes y derechos decomisados o abandonados que se vinculen a los procesos judiciales y administrativos, se utilice en principio para cubrir los gastos de administraci贸n realizados por los entes p煤blicos federales que lleven a cabo las acciones d茅 transmisi贸n, administraci贸n o enajenaci贸n de los bienes y derechos del fideicomiso referido y, de manera posterior, se destinen a restituir al Gobierno Federal los recursos p煤blicos aportados para el resarcimiento de los ahorradores afectados. Autoriza al Ejecutivo Federal, por conducto de la SHCP, un monto de endeudamiento neto interno hasta por 850 mil mdp para contratar y ejercer cr茅ditos, empr茅stitos y otras formas del ejercicio del cr茅dito p煤blico, incluso mediante la emisi贸n de valores, en los t茅rminos de la Ley Federal de Deuda P煤blica. Tambi茅n, un monto de endeudamiento neto externo de 3 mil 800 millones de d贸lares, para contratar y ejercer en el exterior cr茅ditos, empr茅stitos y otras formas del ejercicio del cr茅dito p煤blico, incluso mediante la emisi贸n de valores, para el financiamiento, as铆 como para canjear o refinanciar obligaciones del sector p煤blico federal. Lo anterior, con la finalidad de financiar el Presupuesto de Egresos de la Federaci贸n 2022. Se concuerda con la propuesta del Ejecutivo Federal de que las solicitudes de endeudamiento de Pemex y la CFE, as铆 como de sus empresas productivas subsidiarias, se sigan sometiendo durante el ejercicio fiscal de 2022 a la consideraci贸n del Congreso de la Uni贸n de manera separada a la solicitud de endeudamiento para el Gobierno Federal y el resto de las entidades del sector p煤blico federal. Autoriza a Pemex y a sus empresas productivas subsidiarias un monto de endeudamiento neto interno de hasta 27 mil 242 mdp y un monto de endeudamiento neto externo de hasta mil 860 millones de d贸lares. Adicionalmente, se considera adecuado autorizar a la CFE y a sus empresas productivas subsidiarias un monto de endeudamiento neto interno de hasta 4 mil 127 mdp y un monto de endeudamiento neto externo de 794 millones de d贸lares. Continua la medida consistente en la posibilidad de que ambas empresas productivas del Estado puedan contratar obligaciones constitutivas de deuda p煤blica interna o externa adicionales a lo autorizado, siempre y cuando el endeudamiento neto externo o interno, respectivamente, sea menor a los mencionados en la presente consideraci贸n, en un monto equivalente al de dichas obligaciones adicionales y cumplan con la meta de balance financiero aprobado. Autoriza a la Ciudad de M茅xico un monto de endeudamiento neto de 4 mil 500 millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de M茅xico para el Ejercicio Fiscal 2022, adem谩s de que la contrataci贸n y ejercicio de cr茅ditos, empr茅stitos y otras formas de cr茅dito p煤blico para realizar operaciones de canje, refinanciamiento o reestructura de deuda p煤blica de dicha entidad federativa se sujete a lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. Comparte la propuesta de otorgar continuidad durante el ejercicio fiscal de 2022, a los est铆mulos fiscales en materia del lEPS, contemplados en el art铆culo 16, apartado A, fracciones I a IV, de la Iniciativa de Ley materia del dictamen, conservando el est铆mulo fiscal a la adquisici贸n e Importaci贸n, para consumo final, del di茅sel, biodiesel y sus mezclas, que se utilicen exclusivamente como combustible en maquinaria en general, excepto veh铆culos; se usen en actividades agropecuarias o silv铆colas, o se destinen exclusivamente al transporte p煤blico y privado, de personas o de carga, as铆 como el tur铆stico. Da continuidad en la fracci贸n V, del Apartado A del mencionado art铆culo 16, al est铆mulo fiscal aplicable a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre p煤blico y privado, de carga o pasaje, as铆 como el tur铆stico, que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, el cual consiste en permitir un acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta en un 50 por ciento del gasto total erogado por este concepto. Art铆culos reservados Para la discusi贸n en lo particular se reservaron las consideraciones Primera, Segunda, Quinta, Trig茅sima Primera y Trig茅sima Quinta del dictamen. Los art铆culos 1, 2, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 18, 23, 24, 25, 26 y 27. La denominaci贸n del Capitulo Primero. Tambi茅n, el S茅ptimo Transitorio, Noveno Transitorio, D茅cimo Segundo Transitorio, D茅cimo Tercero Transitorio, D茅cimo Cuarto Transitorio, D茅cimo Sexto Transitorio y D茅cimo S茅ptimo Transitorio, as铆 como la adici贸n de un art铆culo transitorio. --ooOoo-- |