- El diputado Ir谩n Santiago (Morena) plante贸 reformar el art铆culo 39 de la Ley Org谩nica del Congreso General
- Abonar铆a a una aut茅ntica igualdad de trato y de oportunidades para esa poblaci贸n, se帽al贸
El diputado Ir谩n Santiago Manuel (Morena) present贸 una iniciativa que reformar al art铆culo 39 de la Ley Org谩nica del Congreso General, para cambiar la denominaci贸n que en la actualidad tiene la Comisi贸n de Pueblos Ind铆genas por Comisi贸n de Pueblos Ind铆genas y Afromexicanos. El objetivo de la propuesta es atender el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federaci贸n (DOF) el 9 de agosto de 2019, que adicion贸 un Apartado C al art铆culo 2 de la Constituci贸n Pol铆tica, para reconocer a los pueblos y comunidades afromexicanas como parte de la composici贸n pluricultural de la naci贸n. En su iniciativa, enviada a la Comisi贸n de R茅gimen, Reglamentos y Pr谩cticas Parlamentarias, para su an谩lisis y dictamen, el diputado se帽ala que el prop贸sito es promover una aut茅ntica igualdad de trato y de oportunidades para esa poblaci贸n. Destaca que, si la Constituci贸n ya reconoce a los pueblos y comunidades afromexicanas como parte de una composici贸n pluricultural de la naci贸n, la actual Comisi贸n de Pueblos Ind铆genas tendr铆a que hacer lo mismo. Adem谩s, redundar铆a en la elaboraci贸n de dict谩menes, informes, opiniones o resoluciones, lo que contribuir谩 a que la C谩mara de Diputados cumpla sus atribuciones constitucionales y legales, considerando en todo momento a las personas que pertenecen a estos pueblos y comunidades, subraya. Precisa que la importancia de la iniciativa radica en las acciones que corresponden al Estado mexicano, consistentes en promover, respetar, proteger y garantizar las condiciones de igualdad formal e igualdad sustantiva de las personas y las comunidades. Record贸 que el 5 de octubre de 2018 se public贸 en el DOF, el decreto que reform贸 los art铆culos 39 y 43 de la Ley Org谩nica del Congreso General, para cambiar el nombre de la Comisi贸n de Asuntos Ind铆genas por el de Pueblos Ind铆genas, por tratarse del t茅rmino que recoge la Constituci贸n Pol铆tica en su art铆culo 2, al definir as铆 a quienes descienden de las poblaciones que habitaban el territorio actual del pa铆s al iniciarse la colonizaci贸n y que conservan sus propias instituciones sociales, econ贸micas, culturales y pol铆ticas. Por ello, estim贸 que ahora es necesario adecuar nuevamente la denominaci贸n de la citada Comisi贸n legislativa con el texto constitucional vigente. --ooOoo-- |