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Boletín N°. 0073 Plantean prohibir la preventa y venta de proyectos habitacionales que no cuenten con permisos
  • La diputada Narro Panameño (Morena) presentó reformas a la Ley General de Asentamientos Humanos

 

 

  • Se busca evitar interpretaciones a modo, derivadas de vacíos legales y proteger el patrimonio de los compradores, señala

 

16-09-2021.- La diputada Blanca Araceli Narro Panameño (Morena) propuso reformas a los artículos 11 y 56 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a fin de prohibir la preventa y venta de inmuebles para vivienda que no hayan demostrado tener la autorización correspondiente.

 

El propósito es establecer que corresponde a los municipios y entidades federativas, prevenir y evitar la preventa y venta de inmuebles para vivienda de conjuntos urbanos o desarrollos habitacionales que no hayan demostrado tener previamente las autorizaciones, trámites, licencias o de uso del suelo, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones, condominios y para cualquier otra acción urbanística, en los términos previstos en la ley y en las leyes de las entidades federativas.

 

La iniciativa, enviada a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, también plantea mandatar que las leyes estatales deberán incluir la obligación de las autoridades estatales y municipales en dicha prevención.

 

En los considerandos, se expone que la intención es evitar interpretaciones a modo, derivadas de vacíos legales que los desarrolladores inmobiliarios y las constructoras pueden y han utilizado a su favor y en detrimento de los compradores y del proyecto urbano, dado que no existe una indicación expresa en la cual se les obligue a contar con todos los permisos necesarios antes de iniciar la preventa de proyectos habitacionales.

 

Menciona que se trata de proteger el patrimonio y los derechos de las y los compradores, así como de sus familias y otorgarle a las autoridades competentes mayores facultades para sancionar a los actores involucrados en caso de infringir la ley.

 

Destaca que si bien la ciudadanía puede verificar la credibilidad del desarrollador inmobiliario y/o de la constructora en cuestión mediante la consulta de quejas en la Procuraduría Federal del Consumidor, también es un hecho que no todas las personas saben de la existencia de esta herramienta y, aun así, esto no representa una garante ni mucho menos una certeza jurídica.

 

Por ello, añade, es necesaria la intervención de las instancias legislativas, a efecto de proteger a la ciudadanía de posibles fraudes que, en su mayoría, representan nada menos que los ahorros de sus vidas.

 

Además del aspecto económico, existen factores de mucho mayor peso, como son los sismos. En Puebla, Oaxaca, Morelos y en la Ciudad de México “hemos sido testigos de las consecuencias más trágicas que arrojan estas construcciones irregulares e ilegales, por los malos usos del suelo que, junto con la complicidad de ciertas autoridades municipales y estatales, desobedecieron los reglamentos de construcción con el fin de saciar sus propios beneficiosâ€, señala.

 

Considera que sancionar y prohibir las prácticas ilegales que se cometen en el sector constructor-inmobiliario, son la única medida “que podemos tomar para detener y revertir el avance de la injusticia social, de los daños a la economía, tanto a la nacional como a la de la propia ciudadanía, así como mitigar los impactos negativos al medio ambiente, sobre todo tratándose de asentamientos urbanosâ€.

 

 

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