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comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 1547 La C谩mara de Diputados aprob贸 dictamen para garantizar acceso a la atenci贸n de la salud mental y adicciones
  • Fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales

 

05-04-2022.- La C谩mara de Diputados aprob贸, en lo general y en lo particular, el dictamen a la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para establecer que el Estado garantizar谩 el acceso universal, igualitario y equitativo a la atenci贸n de la salud mental y de las adicciones a las personas en el territorio nacional.

 

El documento fue avalado en lo general con 471 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones. En lo particular, se aprobaron los art铆culos reservados en t茅rminos del dictamen, con 358 a favor, 107 en contra y cero abstenciones. Se envi贸 al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

 

Se帽ala que la salud mental y la prevenci贸n de las adicciones tendr谩n car谩cter prioritario dentro de las pol铆ticas de salud y deber谩n brindarse conforme a lo establecido en la Constituci贸n Pol铆tica y en los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

 

 

Indica que toda persona tiene derecho a gozar del m谩s alto nivel posible de salud mental, sin discriminaci贸n por motivos de origen 茅tnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el g茅nero, la edad, las discapacidades, la condici贸n social, econ贸mica, de salud o jur铆dica, la religi贸n, la apariencia f铆sica, las caracter铆sticas gen茅ticas.

 

Adem谩s, por la situaci贸n migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad y la expresi贸n de g茅nero, la filiaci贸n pol铆tica, el estado civil, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

 

 

Destaca que el prop贸sito 煤ltimo de los servicios de salud mental es la recuperaci贸n y el bienestar, el despliegue 贸ptimo de sus potencialidades individuales para la convivencia, el trabajo y la recreaci贸n.

 

 

Subraya que la atenci贸n a la salud mental deber谩 brindarse con un enfoque comunitario, de recuperaci贸n y con estricto respeto a los derechos humanos de los usuarios de estos servicios, en apego a los principios de interculturalidad, interdisciplinariedad, integralidad, intersectorialidad, perspectiva de g茅nero y participaci贸n social.

 

 

Menciona que el consentimiento informado es la conformidad expresa de una persona, manifiesta por escrito, para la realizaci贸n de un diagn贸stico o tratamiento de salud.

 

Agrega que todos los prestadores de servicios de salud, p煤blicos o privados, est谩n obligados a comunicar a la persona, de manera accesible, oportuna y en lenguaje comprensible, la informaci贸n veraz y completa, incluyendo los objetivos, los posibles beneficios y riesgos esperados, y las alternativas de tratamiento, para asegurar que los servicios se proporcionen sobre la base del consentimiento libre e informado.

 

Resalta que una vez garantizada la comprensi贸n de la informaci贸n a trav茅s de los medios y apoyos necesarios, la poblaci贸n usuaria de los servicios de salud tiene el derecho de aceptarlos o rechazarlos.

 

En situaciones en las que una persona no pueda dar su consentimiento para un tratamiento, en un momento espec铆fico, por ning煤n medio, no exista un documento de voluntad anticipada, y su salud se encuentre en tal estado que, si el tratamiento no se administra de inmediato, su vida estar铆a expuesta a un riesgo inminente o su integridad f铆sica a un da帽o irreversible, el prestador de servicios de salud proceder谩 de inmediato para preservar la vida y salud del usuario.

 

El prestador de servicio deber谩 dejar constancia en el expediente cl铆nico, y otorgar谩 informe justificado a los Comit茅s de 脡tica y a la autoridad judicial competente, precisa.

 

En el caso de las ni帽as, ni帽os y adolescentes, el dictamen indica que constituye una obligaci贸n por parte de los prestadores de servicios de atenci贸n a la salud implementar los apoyos y ajustes razonables, adecuados a su edad para que su voluntad y preferencias sean tomadas en cuenta en la determinaci贸n del tipo de intervenciones encaminadas a garantizar su recuperaci贸n y bienestar.

 

Reservas

 

 

En la reanudaci贸n de la sesi贸n del jueves 31 de marzo, durante la discusi贸n en lo particular, se desech贸 la reserva al Cuarto Transitorio presentada por el diputado 脡ctor Jaime Ram铆rez Barba (PAN).

 

Previamente, se hab铆a desechado la reserva al art铆culo 51 Bis 2, del diputado Gabriel Ricardo Quadri de La Torre (PAN).

 

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