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comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 1749 C谩mara de Diputados aprob贸 reformas sobre acreditaci贸n de concubinato de integrantes de las Fuerzas Armadas

 

  • Los cambios a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas fueron avalados por unanimidad

 

 

  • El dictamen se remiti贸 al Senado de la Rep煤blica

 

 

27-04-2022.- La C谩mara de Diputados aprob贸, por unanimidad de 488 votos, reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, en materia de acreditaci贸n de concubinato.

 

El dictamen establece que la relaci贸n de concubinato ser谩 acreditada con la designaci贸n que el militar haya hecho de la persona interesada, como concubina o concubinario, ante el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas o la Secretar铆a de la Defensa Nacional o la de Marina.

 

Las modificaciones al art铆culo 160 de dicha ley, remitidas al Senado de la Rep煤blica para sus efectos constitucionales, indican que, a falta de esta designaci贸n, la persona interesada podr谩 ofrecer los medios de prueba establecidos en el C贸digo Federal de Procedimientos Civiles, a fin de demostrar la relaci贸n de concubinato con el militar, cuando 茅ste omita realizar o actualizar la designaci贸n correspondiente.

 

El documento refiere que con la reforma se ampl铆a la garant铆a de seguridad jur铆dica de la uni贸n de hecho y de las partes, al permitir demostrar la existencia del concubinato, a trav茅s de otros medios probatorios.

 

Indica que se podr铆a permitir a los interesados demostrar lo que a su derecho convenga para acreditar la existencia de concubinato, ya que actualmente pareciera que su existencia se supedita a la voluntad del militar a trav茅s de la designaci贸n que 茅l haga.

 

Al fundamentar el dictamen, el diputado Ricardo Villarreal Garc铆a (PAN), presidente de la Comisi贸n de Defensa Nacional, explic贸 que el dictamen tiene como finalidad impulsar el derecho para que la persona interesada en calidad de concubina de un militar fallecido pueda recibir una pensi贸n econ贸mica.

 

Por lo tanto, a falta de la designaci贸n por parte de un militar a la persona concubina, 茅sta podr谩 ofrecer los medios de prueba establecidos por el C贸digo Federal de Procedimiento Civiles para demostrar la relaci贸n.

 

Argument贸 que el art铆culo 160 vigente de la ley transgrede la libertad y garant铆a de derecho de audiencia al no permitir al interesado o a la interesada ofrecer medios probatorios que acrediten su relaci贸n de concubinato, lo que afecta no solamente al derecho, sino lo relacionado con las consecuencias jur铆dicas.

 

De Morena, el diputado Marco Antonio P茅rez Garibay se帽al贸 que la aprobaci贸n de este dictamen conlleva el reconocimiento de los derechos de concubinas y concubinarios del personal militar para que, sin obst谩culos, accedan a los beneficios de la seguridad social.

 

En tal virtud, agreg贸, el dictamen propone que en la acreditaci贸n del concubinato se ofrezcan los medios pertinentes en el C贸digo Federal de Procedimientos Civiles, lo que implica que se garantice a la persona interesada sus derechos. Lo anterior, dijo, otorga certeza a las familias de los militares.

 

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