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Boletín N°. 1134 Decisiones del Poder Judicial en materia energética, tema del Foro 25 del Parlamento Abierto

 

  • Participan expertos, funcionarios y especialistas del sector energético

 

24-02-2022.- Durante el Foro 25 del Parlamento Abierto sobre la iniciativa de reforma eléctrica presentada por el Ejecutivo Federal, expertos, funcionarios y especialistas abordaron el tema “Decisiones del Poder Judicial en materia energética”.

 

Resoluciones del Poder Judicial en ocasiones han sido excesivas

 

Nancy Jocelyn Jiménez Camacho, jefa de oficina del jurídico de la CFE, Intermediación de Contratos Legados, señaló que las resoluciones del Poder Judicial en ocasiones han sido excesivas al faltar al artículo primero constitucional.

 

Mencionó que la electricidad es un área estratégica que debe ser planeada de forma organizada y que se le considere como un bien jurídico tutelado por derechos humanos; por lo tanto, el Poder Judicial tiene que velar por intereses de los consumidores.

 

La Corte ha respetado los derechos adquiridos

 

Miguel Zárate, abogado litigante, dijo que la propuesta del Ejecutivo limita la inversión sobre todo en generación de electricidad, lo cual se traduciría en un oligopolio que no funcionaría. Indicó que desaparecer los órganos reguladores sería un error, porque trabajan y funcionan bien.

 

Añadió que si lo que se desea es que la ciudadanía tenga acceso a la electricidad, se deben mejorar las prácticas y los costos correspondientes. Apuntó que la Corte ha respetado los derechos adquiridos en materia energética al momento de emitir un amparo.

 

SCJN asumió que reforma de 2013 tuvo como objeto formar un mercado abierto

 

 

A favor, Eduardo Méndez Sánchez, profesor de Derecho Económico en la UNAM, externó que la SCJN ha asumido cuestiones que inevitablemente tienen que ser y que sencillamente no hay otra alternativa, por ejemplo que la reforma constitucional tuvo como objetivo formar un mercado abierto y competitivo, y que esto no puede estar limitado por la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad; es decir, el derecho de las empresas a participar está por encima de dichas condiciones.

 

Agregó que el Poder Judicial termina dando voz al conjunto de normas constitucionales, pero no hay un permiso a los jueces de resolver de forma arbitraria y discrecional.

 

Se ha dado derecho a la libre competencia y acceso a los mercados

 

Daniel Amézquita, litigante administrativo y constitucional, aseguró que se ha dado una nueva dimensión a derechos individuales, como el de libre competencia y acceso a los mercados, así como la protección al medio ambiente y la salud, pero ha habido ataque y revisión de ciertas modificaciones a partir de 2019 cuando un acuerdo de la CRE modificó los certificados de energía limpia.

 

Puntualizó que ya hay precedentes del Poder Judicial de que ciertos temas son inconstitucionales, además hay una tendencia que comienza con acuerdos que eran ilegales y posteriormente se cambiaba la ley. “El mensaje es bastante negativo: que las inversiones dependen de que se deje de declarar anticonstitucional la norma a partir de cambiar la Constitución”.

 

Análisis del tema por parte de los ponentes

 

Nancy Jocelyn Jiménez Camacho comentó que estas modificaciones normativas no son un capricho, sino que buscan enmendar agravios causados al usuario final, originados a través de los manuales del mercado, lo cual se cobra en los recibos; de ahí la importancia de que los jueces conozcan la materia.

 

Agregó que las resoluciones que se analizan están encaminadas al tema del medio ambiente, por lo que sugirió que estas ponderen los derechos humanos de ambas partes en las determinaciones, y pidió a los legisladores proveer de un Poder Judicial especializado que entienda la competencia en el mercado energético-eléctrico.

 

Miguel Zárate indicó que se debe llegar a un punto donde efectivamente se ajuste la capacidad y el conocimiento de los jueces en el rubro energético, para alcanzar una seguridad jurídica.

 

Enfatizó que el tema de medio ambiente debe ser ponderado de otros derechos, porque este repercute en temas de salud. Planteó la necesidad de trabajar para hacer asequible la energía y que las empresas tengan herramientas para impulsar la inversión.

 

Daniel Amézquita aclaró que las figuras de autoabasto y cogeneración tienen un plazo de 20 años y no se pueden renovar, además de que es falso que la SCJN haya decretado su inconstitucionalidad. “En esta administración, por algunos abusos -que sí los hay- tratan de derrumbar todo, en lugar de castigar casos concretos, operó sin crear nada, ni una propuesta firme, sino regresar a modelos de los 70s u 80s que ya sabemos que no funcionan”.

 

Sostuvo que se está excediendo porque no se propone, sino que se destruye con propuesta; es una vuelta a años atrás, en lugar de construir sobre lo que está funcionando y que tiene áreas de oportunidad para su mejoramiento. “Es excesivo que lleguemos a revisar el texto constitucional”.

 

Eduardo Méndez Sánchez enfatizó que toda generación tiene derecho a cambiar su Constitución, así como las reglas, parámetros y principios sobre los cuales quiere organizarse, por eso es peculiar el que “se espanten” por una propuesta de reforma constitucional que quiere satanizarse.

 

Puntualizó que se debe revisar el autoabasto, ya que conociendo más datos se observa que se viola la Constitución y la ley, y que particulares, lejos de utilizar las ventajas, han hecho un doble negocio. Aseguró que hay una falsa idea de que se está regresando al pasado, sino que se está dando un paso adelante pues se plantea una nueva manera de hacer mercado. “Una reforma constitucional también responde a que en los mismos tribunales se fueron cerrando las puertas”.

 

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