- La diputada Sodi Miranda (PRD) propuso reformar la Ley General de Vida Silvestre
- El objetivo es salvaguardar la integridad de los animales
11-06-2022.- La diputada Gabriela Sodi Miranda (PRD) impulsa una iniciativa para crear un Registro Nacional de Personas Agresoras de Animales, que integre los nombres y datos de quienes sean sancionadas por realizar actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal. La propuesta, turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, plantea adicionar una fracción XLII al artÃculo 3 recorriendo las subsecuentes, crea el capÃtulo VI denominado Registro Nacional de Personas Agresoras de Animales, y adiciona los artÃculos 131 y 132 a la Ley General de Vida Silvestre. Define el Registro Nacional de Personas Agresoras de Animales como el padrón a cargo de la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en el que se inscribirán y mantendrán actualizados los nombres y datos de las personas que sean sancionadas por realizar actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal no humana. Establece que el Registro Nacional de Personas Agresoras de Animales es la base de datos de la Semarnat, que contiene, administra y controla los registros de las personas que hubiesen sido sancionadas por maltrato en contra de los animales en el ámbito de la Federación o de las entidades federativas. Además, indica que la SecretarÃa, mediante convenios de colaboración con la ProcuradurÃa Federal de Protección al Ambiente o las ProcuradurÃas o instituciones que ejerzan funciones de protección ambiental de las entidades federativas y de la Ciudad de México, asà como la FiscalÃa General de la República y las de las entidades federativas compartirá información sobre las sentencias y convenios derivados del procedimiento judicial en contra de personas que hayan cometido actos de crueldad animal. Precisa que el Registro Nacional contendrá los siguientes datos: Nombre y Clave Única del Registro de Población de la persona que haya ejecutado conductas de crueldad, maltrato, daño o tortura en contra de un animal; datos de su residencia, permanente o temporal y documentos oficiales como credencial de elector, pasaporte, licencia de conducir, entre otros. También incluirá datos del expediente del que deriva su inscripción, asà como la sentencia o resolución que fije la pena o sanción y las medidas de atención de salud emocional o de algún trastorno, a fin de evitar reincidencia o comisión de algún otro tipo de violencia contra animales no humanos o en contra de personas. La iniciativa indica además que la información del Registro Nacional estará disponible solamente para el personal que designe la SecretarÃa, quien deberá recopilar, almacenar y actualizar la información, relacionada al Registro de todas aquellas personas que hubiesen sido condenadas mediante sentencia o resolución. Por ningún motivo, podrá hacer público su contenido. Asimismo, que con la finalidad de salvaguardar la vida de los animales, los responsables de los refugios, asilos y albergues para animales dependientes de las dependencias e instituciones oficiales en el ámbito federal de las entidades federativas, de los municipios y alcaldÃas de la Ciudad de México, deberán consultar si la persona adoptante se encuentra en el Registro, antes de darle en adopción cualquier animal o emitir la autorización de las licencias correspondientes. --ooOoo-- |