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Boletín N°. 1249 Impulsan iniciativa para que prisión preventiva de personas gestantes sea en su domicilio

 

  • La diputada Mejía Ibáñez (MC) planteó reformas a la Ley Nacional de Ejecución Penal y al Código Nacional de Procedimientos Penales

 

06-03-2022.-La diputada Julieta Mejía Ibáñez (MC) presentó reformas al artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para estipular que cuando se trate de personas gestantes, en periodo de lactancia o personas cuidadoras primarias de infancias menores de 3 años, el Órgano Jurisdiccional deberá en todos los casos ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada.

 

La propuesta también plantea cambios a los artículos 10, 144 y 146, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para establecer que las mujeres privadas de la libertad tendrán derecho a la maternidad y la lactancia en espacios diseñados específicamente para tal fin, dignos, privados, higiénicos, tranquilos y accesibles, separados de la población general.

 

De igual forma, conservar la guardia y custodia de su hija o hijo menor de tres años en el Centro Penitenciario, de conformidad a las disposiciones aplicables en espacios dignos, higiénicos, tranquilos y separados de la población general que fomenten el adecuado desarrollo físico, mental y psicoemocional del menor.

 

Señala que el Juez de Ejecución deberá en todo caso sustituir la pena privativa de la libertad por alguna pena o medida de seguridad no privativa, cuando la persona privada de la libertad se encuentre en estado de embarazo y/o en periodo de lactancia.

 

Agrega que podrán presentar la solicitud de preliberación cuando se trate de personas embarazadas, en periodo de lactancia o cuidadoras primarias de infancias menores a 3 años.

 

El documento señala que conforme a los datos de la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) 2021, la población privada de la libertad en México durante 2021 fue de 220.5 mil personas, de las cuales 94.3 por ciento corresponde a la población de hombres y 5.7 por ciento corresponde a mujeres.

 

Del total de mujeres, el 35.8 por ciento corresponde a un rango entre 30 y 39 años, y un 25.1 por ciento entre 18 y 29 años.

 

Añade que el 67.8 por ciento de las mujeres privadas de su libertad manifestó que tenía hijos menores de edad, de las cuales el 53.4 por ciento señalaron tener de dos a tres hijos.

 

Asimismo, el 98.2 por ciento de las reclusas tiene un hijo viviendo con ella, siendo el rango de edad de los hijos de 1 a 3 años en el 56.5 por ciento de los casos. En lo que refiere al cuidado de sus hijos dentro del centro, el 34 por ciento indicó que otras compañeras internas ayudan en el cuidado y el 6.7 por ciento son apoyadas por trabajadoras del centro de reclusión. El 3.4 por ciento señalaron ser limitadas en el cuidado o convivencia con sus hijos por custodia.

 

Destaca que el 11.7 por ciento de las mujeres privadas de la libertad manifestó que ha estado embarazada alguna vez durante su estancia en el centro penitenciario, el 9.4 por ciento de este porcentaje manifestó que se encuentra embarazada y el 19.9 por ciento indicó haber tenido un aborto.

 

En cuanto a la atención médica durante el embarazo, el 22 por ciento señaló que los médicos del centro penitenciario se negaron a hacerle revisiones.

 

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia, para dictamen y a las Comisiones de Igualdad de Género y de Derechos de la Niñez y Adolescencia, para opinión.

 

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