La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, aprobó la minuta proveniente del Senado de la República, con ajustes al artÃculo 41 constitucional, referente a que la “adquisición†de tiempos en radio y televisión de manera ilegal, será causa de nulidad de elecciones, al igual que la “compra†ilÃcita de dichos espacios. De acuerdo al documento de origen de la reforma, que llegó en primera instancia al Senado, el Ejecutivo Federal propuso modificar el artÃculo señalado para que las elecciones pudieran declararse nulas, si se “adquirÃa†ilegalmente cobertura informativa o tiempos en radio y televisión. En diciembre pasado y en el marco del debate de la reforma polÃtico-electoral en la Cámara de Diputados, los legisladores eliminaron del proyecto la palabra “adquirirâ€, para dejar solo el concepto de “comprarâ€, con el argumento de que se trataba de un ajuste menor. En ese momento, analistas y expertos advirtieron que el cambio era de fondo, pues al eliminar el concepto de adquisición ilegal como elemento para anular elecciones, se abrÃa la puerta a que los partidos polÃticos y candidatos burlaran la ley, al encubrir sus constantes apariciones mediáticas en espacios no necesariamente contratados, a través de supuestas notas informativas. Tras la polémica, el Senado decidió reintegrar la palabra “adquirir†al texto de la ley, bajo el argumento de que “la acción de comprar entrañarÃa una circunstancia probatoria compleja o quizá imposible en la vida real, abriéndose la posibilidad de la simulación en la adquisición de cobertura informativa y tiempos en radio y televisiónâ€. De modo que los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, dieron luz verde a los cambios aplicados en el Senado y en los que se recalca que comprar o adquirir coberturas informativas fuera de los parámetros que marca la ley, pueden dar como resultado la anulación de procesos electorales. “Se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la leyâ€, será causal de nulidad, establecieron. Consideraron que la palabra “adquirir†no refiere precisamente al pago con dinero, sino al uso de otros medios como las donaciones, regalos, cesiones o aportaciones, para acceder a espacios mediáticos de forma no autorizada, por lo que regresarla al texto de la ley, significará un freno para el uso irregular de recursos y publicidad en las elecciones. La minuta, ya procesada por la Comisión, que reforma el inciso b) del tercer párrafo de la Base VI del artÃculo 41 de la Constitución PolÃtica, quedó en forma de dictamen y será enviado a la brevedad a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para que esta la programe a discusión en el Pleno. ys/m. |