En la búsqueda del fortalecimiento del cooperativismo pesquero nacional y abatir la contratación de pescadores como asalariados, el diputado Alfonso Inzunza Montoya presentó una iniciativa que propone adiciones a la Ley General de Sociedades Cooperativas. El presidente de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados dijo que el propósito es incrementar el número mÃnimo de socios necesarios para integrar una organización de este tipo. Su propuesta fue publicada hoy en la Gaceta Parlamentaria, la cual propone también establecer puntualmente desde la propia ley los requisitos a cumplir para ser socio de una sociedad cooperativa. Entre los requisitos para ser cooperativista es que sean residentes en el domicilio social de la sociedad cooperativa y/o donde se lleva a cabo el trabajo personal para cumplir el objeto social. Además, de establecer los derechos y obligaciones para los integrantes de este tipo de organizaciones, agregó. Hizo notar que la propuesta busca que las sociedades cooperativas de producción pesquera se constituyan con un mÃnimo de 25 socios, en vez de cinco, pretende reducir la contratación de asalariados que genera una sobreexplotación de pescadores, otorgándoles a éstos la opción de constituirse en una organización pesquera al amparo de la ley. La contratación de personal asalariado es una práctica que contraviene al espÃritu que da vida y sustento a la esencia doctrinaria del cooperativismo, que es la aportación personal del trabajo para beneficio colectivo y no la explotación de la mano de obra de aquellos trabajadores, cuyo esfuerzo sirva para el beneficio de unos cuantos. De cara a esta situación, subrayó el legislador priista, la iniciativa presentada propone elevar el número mÃnimo de socios para integrar una sociedad cooperativa de producción pesquera. Todo ello como una medida legal necesaria para promover la constitución de agrupaciones de este tipo con vocación pesquera y un mejor seguimiento a su operación en favor de un óptimo ordenamiento de la actividad pesquera en general, enfatizó. Duración 0’00’’, nbsg/m. |