27 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
SinEmbargo
17:50  |  25 - 01 - 2015
Bajar edad para que adultos mayores viajen gratis en Metrobús: Diputada

 

 

La diputada Elvia María Pérez Escalante urgió a disminuir de 70 a 60 años la edad para que se beneficie a más población de la tercera edad con el servicio gratuito del Metrobús capitalino.

 

La secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, la legisladora priista precisó que el propósito es apoyar la economía de ese sector de la población, y se beneficiaría a más de un millón de personas que residen en el Distrito Federal.

 

En su propuesta de punto de acuerdo presentada a la Comisión Permanente, expuso que según el Censo de Población y Vivienda 2010, la capital del país es la entidad con mayor presencia de ese segmento demográfico, equivalente a 11.3 por ciento respecto a su población total.

 

Además, 30.8 por ciento de los adultos mayores continúan formando parte de la Población Económicamente Activa (PEA), debido a que no reciben jubilación o pensión, o bien, el monto que perciben es insuficiente para cubrir sus necesidades básicas.

 

Por ello, agregó, apoyos de ese tipo prevalece en el Sistema de Transporte Colectivo, Metro, y aún falta que el Metrobús haga extensivo ese beneficio a ese sector a partir de los 60 años.

 

De esta manera, consideró factible establecer esta medida, pues el Metrobús opera por concesiones a particulares e institucionalmente se han dado todas las facilidades para ello, incluyendo un subsidio, por lo que puede hacerse extensivo a los adultos mayores de sesenta años o más.

 

Pérez Escalante refirió que la obtención de descuentos o exenciones de pago para las personas adultas mayores en el uso del servicio de transporte público, se prevé el beneficio en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Artículo 20, fracción IV.

 

Ese ordenamiento establece “el derecho permanente y en todo tiempo, a obtener descuentos o exenciones de pago al hacer uso del servicio de transporte de servicio público, previa acreditación de la edad”.

 

También recordó que los derechos humanos de las personas adultas mayores se encuentran tutelados en el Artículo 1 constitucional y los tratados internacionales./arm/m

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | Histórico Monitoreo | 2014 |
 
meses del :
| 12 Diciembre | 11 Noviembre | 10 Octubre | 09 Septiembre | 08 Agosto | 07 Julio | 06 Junio | 05 Mayo | 04 Abril | 03 Marzo | 02 Febrero | 01 Enero |
 
-->
difusión
comunicación