La Comisi贸n de Puntos Constitucionales de la C谩mara de Diputados aprob贸 de manera un谩nime con 20 votos, la propuesta de reforma a la Carta Magna, que facultar谩 al Congreso de la Uni贸n a emitir una ley 煤nica en materia de justicia penal para adolescentes. En la discusi贸n en lo general, el diputado del Partido de la Revoluci贸n Democr谩tica (PRD), Jos茅 脕ngel 脕vila, subray贸 que la presencia de j贸venes en centros de readaptaci贸n no solo es una cuesti贸n de delitos, sino que tiene que ver en gran medida con el grado de descomposici贸n social y familiar que se vive en M茅xico. Recalc贸 que la normatividad es adecuada, pero solo es el principio, pues faculta al Congreso a expedir una ley 煤nica en la materia. Sin embargo, en cuanto el ordenamiento entre en vigor deber谩 aprobarse la ley respectiva y que las autoridades a nivel federal, estatal y municipal hagan lo que corresponde: colocar la atenci贸n a la juventud entre las prioridades de las pol铆ticas p煤blicas. 鈥淟a presencia de j贸venes en los centros de internamiento y de tratamiento no es sin贸nimo de grado de violencia de las ciudades, la violencia en las ciudades se puede medir con muchos otros indicadores. Pero lo que si nos est谩 evidenciando, es el grado de descomposici贸n familiar y social que se presenta sobre todo, en este tipo de presencias urbanas. De modo que es relevante lo que hoy estamos presenciando pero solo es el principio: falta la ley鈥, enfatiz贸. En la discusi贸n, los legisladores dieron cuenta de que los estados con mayor n煤mero de adolescentes internados en distintos centros de readaptaci贸n, por haber cometido alg煤n tipo de delito son Chihuahua, el Distrito Federal, Sonora, Jalisco y el Estado de M茅xico. Puntualizaron que en el DF, hay entre 800 y 900 j贸venes y adolescentes recluidos y otros 3 mil 500 en sitios de tratamiento externo, aunque un porcentaje proviene de los estados de la Rep煤blica. Al respecto, el presidente de la Comisi贸n, Alejandro S谩nchez, indic贸 que con los cambios previstos, los juicios a menores de edad tendr谩n que ser orales, ya sea que est茅n involucrados en delitos graves o no graves. Puntualiz贸 que la normatividad contempla ajustes en algunos conceptos, a fin de clarificar la ley, de modo que el t茅rmino 鈥渃onducta tipificada como delito鈥 y 鈥渃onductas antisociales鈥, se denominar谩n respectivamente: 鈥渉echos que la ley se帽ala como delito鈥. La frase 鈥渄erechos fundamentales鈥 cambiar谩 a 鈥渄erechos humanos鈥; y la que reza: 鈥減ara toda persona, quedar谩 en: 鈥減ara todo individuo鈥. Recalc贸 que en cuanto el Congreso emita la ley respectiva y 茅sta sea promulgada, los estados tendr谩n 180 d铆as para ajustar sus respectivas normas locales. ys/m. |