Claudia Salazar y Rolando Herrera, reporteros: El Pleno de la C谩mara de Diputados aprob贸 la nueva legislaci贸n que establece normas en el sistema penitenciario nacional, la cual deber谩 estar acorde al Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial y Oral que entrar谩 en vigor el 18 de junio. La Ley Nacional de Ejecuci贸n Penal fue aprobada con 449 votos a favor y se turn贸 al Ejecutivo federal. En el dictamen tambi茅n se modific贸 el art铆culo 225 del C贸digo Penal Federal. En art铆culos transitorios se se帽ala que con la entrada en vigor de la legislaci贸n, podr谩n acceder al beneficio de libertad anticipada aquellos internos cuyo delito de robo no exceda 80 veces la Unidad de Medida y Actualizaci贸n y no haya mediado violencia, as铆 como quienes cometieron el delito de posesi贸n de mariguana sin fines de comercio. Con la nueva norma se establecen las bases en las que se organizar谩 el sistema penitenciario y se precisan las normas que deben observarse durante el internamiento por prisi贸n preventiva, en la ejecuci贸n de penas y las medidas impuestas por un juez. La ley prev茅 la reestructuraci贸n de la administraci贸n y operaci贸n del sistema penitenciario, con base en el respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitaci贸n para el mismo, la educaci贸n, la salud y el deporte, para procurar la reinserci贸n social. Se indica que las personas privadas de su libertad en un centro penitenciario deben ser separadas de la siguiente manera: Las mujeres purgar谩n sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres y las personas procesas y sentenciadas ocupar谩n instalaciones distintas. Adem谩s, las personas en reclusi贸n preventiva y en ejecuci贸n de sentencias por delincuencia organizada, o sujetas a medidas especiales de seguridad se destinar谩n a centros especiales. Respecto a las modificaciones del art铆culo 225 del C贸digo Penal Federal, qued贸 estipulado que son delitos contra la administraci贸n de la justicia, a quien en el ejercicio de funciones de supervisor de libertad cayeran en los siguientes casos: Hiciere amenazas, hostigue o ejerza violencia contra la persona procesada o sentenciada, a su familia y posesiones; requiera favores, acciones o transferencia de bienes de la persona sentenciada, procesada o su familia; y falsee informes o reportes al juez de ejecuci贸n. Con la nueva norma quedar谩n abrogadas la Ley que Establece las Normas M铆nimas sobre Readaptaci贸n Social de Sentenciados y las que regulan la ejecuci贸n de sanciones penales en las entidades federativas. dlp/m |