El diputado Ulises RamÃrez Núñez aseguró que en el paÃs, 40 por ciento de la población no ha visitado una librerÃa y 13 por ciento nunca ha leÃdo un libro, por lo que es necesario impulsar el hábito de la lectura mediante estÃmulos fiscales que parcialicen el costo de los ejemplares. El legislador dio a conocer que impulsa una iniciativa para reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la de Fomento para la Lectura y el Libro, a fin de que las secretarÃas de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de Cultura y de Educación Pública (SEP) determinen dichos estÃmulos fiscales. Consideró fundamental que el gobierno federal incida positivamente en la estrategia de fomento a la lectura y que todas las tiendas de libros ofrezcan el mismo producto a un sólo precio y parcializando el costo a igual número de meses, de acuerdo con el monto de la compra. El legislador del Partido Acción Nacional (PAN) destacó que “mientras en 2006 la gente en México leÃa en promedio 2.6 libros al año, para 2016 el promedio se ubicó en 3.8 ejemplares, muy lejos de los 12 que se leen en Alemaniaâ€. RamÃrez Núñez comentó que el bajo nivel de lectura en el paÃs se relaciona con la situación económica, ya que la mayorÃa de la ciudadanÃa vive con menos de cinco salarios mÃnimos, por lo que adquirir un libro podrÃa clasificarse como un artÃculo de lujo, lo que coloca al lector en la disyuntiva de comprar un ejemplar o atender las prioridades de su hogar. De acuerdo con un estudio de las organizaciones para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés) en 2014/2016, denominado “Hábitos de Lecturaâ€, México se ubica en el lugar 107 de 108 paÃses. Ello revela que el tiempo semanal dedicado a esa actividad es de 5.5 horas; mientras que en India o Tailandia es de 10.7 y 9.4 horas a la semana, respectivamente. De ahà que propone adicionar la fracción XXXI al ArtÃculo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para establecer que la SHCP y la SEP, en la determinación de sus criterios generales, establezcan los estÃmulos fiscales y financieros necesarios para impulsar la lectura. Respecto al ArtÃculo 41 Bis, plantea adicionar la fracción XXIV, a fin de señalar que las secretarÃas de Cultura y la SHCP determinen los criterios generales de los estÃmulos fiscales y financieros necesarios para el fomento a la lectura y los libros. Asà como agregar una fracción III al ArtÃculo 6 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. Dichas instituciones en conjunto, dijo, definirán el número de meses en que los vendedores de libros podrán parcializar el costo de las obras mencionados en los artÃculos 22 y 26 del presente ordenamiento. bmj/m |