Por unanimidad, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó las reformas constitucionales para desaparecer la protección del fuero al Presidente de la República y a otros servidores públicos que gozan de esta protección. El dictamen fue aprobado con 22 votos de legisladores de todos los partidos y será presentado este mismo dÃa ante el pleno de la Cámara, con la dispensa de trámites, para su discusión. En el dictamen se deroga del artÃculo 108 constitucional la disposición de que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos del fuero común. En el artÃculo 111 de la Constitución se agrega al Presidente de la República en la lista de los servidores públicos contra quienes se puede proceder penalmente. Esto quiere decir que desaparece la protección del fuero. Se agrega que por la comisión de delitos, para proceder contra el Presidente y otros servidores públicos, bastará con la denuncia debidamente presentada y ratificada ante la autoridad correspondiente. "Una vez iniciado el debido proceso penal contra el inculpado, éste permanecerá en su cargo y gozará de la libertad en tanto no se dicte sentencia. Una vez que exista sentencia condenatoria firme ejecutoriada, se comunicará ésta a la dependencia del funcionario, para que el único efecto de que esa tome conocimiento y se proceda a la ejecución de la sentencia ordenada por la autoridad judicial. "Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo no se concederá al sentenciado la gracia del indulto", se agrega en el artÃculo 111. La reforma no retoma el planteamiento de que el Presidente sea sujeto a juicio polÃtico. ys/m. |