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11:41  |  21 - 05 - 2018
Propone MC en San Lázaro derogar Ley de Seguridad Interior

En la Cámara de Diputados, la Comisión de Puntos Constitucionales analizará una iniciativa cuyo fin es derogar la Ley de Seguridad Interior y sustituirla por una Ley General de Derechos, Obligaciones y Principios para la Actuación de Instituciones de Seguridad Pública.

 

La propuesta presentada por el diputado de Movimiento Ciudadano (MC), Jorge Álvarez, en el marco de la Comisión Permanente del Congreso, establece la prohibición expresa a las Fuerzas Armadas de asumir funciones de seguridad que corresponden a las autoridades civiles.

 

Indica que se avanzará hacia el retorno “paulatino y responsable” de las Fuerzas Armadas a los cuarteles.

 

También crea una Comisión de la Verdad para la Investigación y Documentación de la Violencia y Violaciones a Derechos Humanos relacionadas con la actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado Mexicano, registradas del 2006 a la fecha.

 

Ordena al Congreso de la Unión a legislar en materia de coordinación y Mando Policial, conforme a las características de cada entidad, atendiendo criterios objetivos y dictámenes técnicos, y de la evaluación de las capacidades financieras y condiciones geográficas y demográficas de cada municipio.

 

Prevé las obligaciones a cumplir por las corporaciones policíacas en el ejercicio de sus funciones; y un catálogo de derechos de los policías que contempla derechos a un salario justo, a la protección de su vida e integridad física; a su dignidad; a recibir capacitación y adiestramiento; a seguridad social; a atención médica y psicológica en caso necesario.

 

Los policías, abunda el planteamiento, tendrán derecho a recibir alojamiento y comida cuando el ejercicio de sus funciones lo requiera; a un seguro de vida; y promociones y condecoraciones.

 

Integra un sistema de capacitación para los miembros de las corporaciones policiacas, para que obtengan, complementen, actualicen y perfecciones sus conocimientos, destrezas y aptitudes.

 

Incluye la creación de una carrera profesional, con el fin de que los méritos de los policías se califiquen cada año, y accedan a promociones y condecoraciones.

 

Regula el uso de la fuerza de los cuerpos policíacos, en función de los principios de legalidad, racionalidad, congruencia, oportunidad y proporcionalidad; así como las condiciones en que podrán hacer uso de la fuerza y los distintos niveles del uso de la fuerza.

 

Añade mecanismos de rendición de cuentas sobre el uso de la fuerza a través de reportes detallados.

 

Autoriza el uso de armas incapacitantes no letales “como la última y extrema posibilidad” y solo cuando las circunstancias lo ameriten; aunado a que prohíbe expresamente el uso de armas para dispersar manifestaciones, y la utilización de cualquier tipo de arma distinta a las que sean autorizadas.

 

Establece el derecho de los ciudadanos a ser indemnizados por el uso ilícito de la fuerza policial; y señala que la orientación de los cuerpos policíacos s encaminará hacia el modelo de “Policía Ciudadana de Proximidad”.

 

Regula las policías comunitarias, a través de la definición de los mecanismos para trabajar en conjunto con la autoridad municipal y las condiciones de profesionalización que se les proporcionarán.

 

Recalca que los municipios serán los garantes de la seguridad pública, dando trato diferenciado en atribuciones de acuerdo al número de habitantes.

 

Establece la obligación de los gobiernos Federal y estatales, de construir y consolidar las corporaciones policiacas; y la ya señalada abrogación de la Ley de Seguridad Interior, que presenta problemas de constitucionalidad, de violación a los derechos humanos y por ello, ha sido impugnada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Explica que la militarización de la seguridad pública no es una solución a los problemas del país, y recalca el hecho de que esas tareas deben recaer en las instituciones civiles.

 

“La presente iniciativa está encaminada, primero a implementar la reforma al artículo 21, de 2008 y, por ende, al fortalecimiento y consolidación de las corporaciones policíacas de carácter civil, para que sean ellas quienes exclusivamente, realicen las funciones de seguridad que por mandato constitucional les han sido conferidas. ys/m.

 
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