La fracción parlamentaria del Movimiento de Regeneración Nacional en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de Ley de Capitalidad para la Ciudad de México. La propuesta de la diputada Aleida Alavez, establece el financiamiento que debe recibir la capital; asà como los supuestos por los cuales, el Ejecutivo Federal podrÃa destituir al titular de la SecretarÃa de Seguridad Pública. La reforma reglamentaria del artÃculo 122 constitucional, señala que debe existir una coordinación interinstitucional entre los poderes federales y local, marca el financiamiento de los costos que tiene ser la capital de la República, y los casos en que el Ejecutivo puede remover al encargado de la seguridad. Prevé crear una comisión interinstitucional que coordine la organización y celebración de actos oficiales de carácter de Estado; la protección de las personas en el ejercicio del derecho de asociarse o reunirse pacÃficamente; asà como la seguridad ciudadana y la protección de las personas y sus bienes en acontecimientos internacionales nacionales que se lleven a cabo en la capital. Argumenta que la condición de capital, le cuesta a la Ciudad de México 12 mil millones de pesos anuales, por lo que el Presupuesto de Egresos debe contemplar un fondo para cubrir tales gastos. Esa bolsa se conformará con el 0.25% de la recaudación federal participable. Añade que el gobierno capitalino podrá utilizar el Fondo de Capitalidad a la Recaudación Federal Participable, en proyectos y programas de infraestructura, readaptación social, protección civil y capacitación a los funcionarios públicos en esas materias. También se podrá emplear para reconstruir la infraestructura dañada por fenómenos naturales. Establece que los inmuebles de la Federación ubicados en la capital deberán pagar sus respectivos servicios públicos e impuestos Respecto a las causas por las cuales el Presidente de la República podrÃa destituir al Secretario de Seguridad local, se encuentran el rehusarse a brindar auxilio a los poderes federales; cuando se abstenga, incumpla, contravenga u omita tomar las medidas que garanticen las condiciones para el ejercicio de las facultades que la Constitución otorga a los poderes federales; incluyendo la protección de sus recintos. /lgg/m |