Con 407 votos a favor y cero en contra, la Cámara de Diputados aprobó incorporar a los servidores públicos al catálogo de sujetos que pueden ser sancionados por violaciones a las leyes electorales. Las modificaciones a los artÃculos 456 y 457 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establecen que, sin menoscabo de las sanciones electorales que se les impongan, los funcionarios públicos estarán sujetos a responsabilidades administrativas y penales. Las infracciones en materia electoral serán sancionadas, según sea el caso, con amonestación pública, multa de hasta 5 mil Unidades de Medida y Actualización y otra que va de 5 mil y 10 mil Unidades tratándose del uso de recursos públicos para la presión o coacción a los electores a efecto de inducir el sentido del voto. El proyecto también prevé que en caso de reincidencia, se duplique la multa originalmente impuesta. Los legisladores aprobaron las reformas luego de eliminar la obligatoriedad de presentar denuncias o querellas penales incluso en contra de los funcionarios públicos que son sujetos a sanciones administrativas. El panista Marco Aguilera afirmó que dicha obligatoriedad podrÃa generar un escenario contrario al objetivo de la reforma, al generar un gran número de este tipo de denuncias. "PodrÃa tener, lamentablemente, un escenario que no favoreciera el objetivo, que es combatir la corrupción", indicó. La reforma pasó al Senado para sus efectos constitucionales. (Reforma.com) |