La iniciativa de reforma constitucional en materia electoral y del Estado, que impulsa la fracción del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), establece que, en su conformación, la República debe ser “austera”, al igual que los organismos electorales y los órganos autónomos constitucionales, que estarán obligados a hacer ajustes presupuestales en todas sus áreas. También prevé la eliminación de los Organismos Públicos Locales en materia electoral (OPL), que serán sustituidos por Consejos Locales del Instituto Nacional Electoral (INE), mismos que se encargarán de organizar elecciones locales. Contempla la reducción del financiamiento público a partidos políticos en un 50 por ciento; y suma a las causales de nulidad de elecciones federales y locales, la violencia política de género, cuando la cometa el ganador de la contienda. El proyecto promovido a través de diputado Sergio Gutiérrez, secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales en San Lázaro, contempla reformas y adiciones a los artículos 40, 41, 116, 122 y 134 de la Constitución, en materia de integración del principio de austeridad para todos los entes del Estado mexicano. Los cambios al artículo 40 de la Carta Magna, relativo a la constitución de la República señalan que ésta no solo democrática, representativa, laica y federal, sino “austera”. El documento, apunta que habrá paridad de género en los ayuntamientos. Los partidos que pierdan el registro a nivel nacional, por no alcanzar al menos el tres por ciento de la votación, si superan ese umbral en las entidades, podrán mantener el registro como partidos locales. Prevé reducir el financiamiento anual a partidos al 50 por ciento. “El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, dice la norma vigente La iniciativa propone bajar ese 65 por ciento a 33 por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, para calcular los recursos públicos destinados a los entes políticos. En el Apartado C del artículo 40 constitucional, señala que se prohibirán en la propaganda electoral, mensajes con violencia policía de género y se restringirá la participación de menores en ese tipo de publicidad. En la fracción V, indica que la organización de las elecciones federales y locales corresponderá al Instituto Nacional Electoral (INE). Suprime de la Constitución a los Organismos Públicos Locales electorales (OPL). Puntualiza que el INE tendrá un Conejo Local en cada entidad, los cuales sustituirán a los OPL. Prohíbe a consejeros locales ejercer otros cargos en órganos emanados de elecciones en cuya organización hayan participado; y les impone un candado de tres años posteriores al término del encargo, para ser postulados a cargos de elección popular o dirigencia partidista. Los actos de violencia política de género imputables al ganador de la elección, en perjuicio de cualquier contendiente en el proceso, se suman a los motivos de nulidad de elecciones federales y locales. En el artículo 134, se establece que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los municipios, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y los organismos a los que la Constitución da carácter de autónomos “se administrarán con austeridad”. Los servidores públicos de esos organismos autónomos constitucionales, añade, “tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”. En el apartado de Transitorios, el artículo Segundo indica que, durante el año siguiente a la entrada en vigor de la reforma, deberá concluir la transición de los Organismos Públicos Locales a Consejos Locales del INE. Los OPL serán liquidados al igual que sus trabajadores. Los remanentes que resulten, serán entregados a los gobiernos estatales, para inversión específica en equipamiento de hospitales públicos. El Quinto transitorio agrega que el INE y el Tribunal Electoral, “realizarán ajustes de austeridad en todas sus áreas” para que la creación de los Consejos Locales no impacte su presupuesto. El artículo Séptimo transitorio, establece que los órganos autónomos constitucionales también “realizarán ajustes de austeridad en todas sus áreas, a efecto de ser congruentes con la presente reforma”. El Octavo transitorio, agrega que los Congresos estatales deberán hacer reformas, para que, a más tardar 120 días después de la entrada en vigor del decreto, “se reduzca el financiamiento público que reciben los partidos políticos, al menos, en un 50 por ciento, respecto a la fórmula y asignación” vigente antes de la aplicación de la nueva norma. Si ello no ocurre, “se aplicará directamente” el recorte de 50 por ciento, en las siguientes ministraciones que les correspondan a los entes políticos (Noticias MVS) |