La Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió la declaratoria de constitucionalidad y turnó al Ejecutivo federal para su promulgación, la reforma en materia de transparencia, la cual dota de autonomía plena al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
El presidente de este órgano legislativo, Ricardo Anaya Cortés, dio a conocer que hasta el momento 18 Congresos estatales han avalado la reforma que modifica disposiciones de los artículos 6, 73, 76, 89, 105, 108, 111 y 122 de la Constitución.
Indicó que las legislaturas locales que han ratificado la reforma son: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Durango, Jalisco, México, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas y Zacatecas.
A partir de que la reforma se publique en el Diario Oficial de la Federación, el Congreso de la Unión contará un año para expedir las leyes reglamentarias.
De manera inicial, el Senado de la República aprobó el dictamen de la reforma el 20 de diciembre de 2012 y lo turnó al Palacio Legislativo de San Lázaro, donde se modificó el 22 de agosto de 2013.
El Senado avaló con los cambios el 20 de noviembre de 2013 y envió de regreso a la Cámara de Diputados, que la aprobó definitivamente el 26 de noviembre y turnó a las legislaturas estatales para su ratificación.
Con la reforma constitucional se otorga autonomía plena al IFAI y sus resoluciones serán inatacables, con el propósito de que el ciudadano cuente con mejores herramientas para evaluar a sus funcionarios y representantes.
Asimismo, prevalecerá el principio de "máxima publicidad", bajo el cual tendrán que operar las instancias que sean auspiciadas por parte del gobierno en sus diversos niveles.
Toda clase de información sobre los asuntos y recursos que manejan las instituciones públicas puede ser conocida por la ciudadanía, salvo excepciones previstas en la ley y que son las relacionadas con la seguridad nacional y la información personal de los ciudadanos.
El IFAI podrá resolver, igualmente, los recursos que interpongan los particulares respecto a las resoluciones que determinen la reserva, confidencialidad, inexistencia o negativa de una información.
Además, se establece que es pública toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
Asimismo, de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.
También se instituye que sólo el consejero jurídico del Ejecutivo federal podrá apelar las resoluciones del IFAI ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y únicamente cuando puedan poner en peligro la seguridad nacional. Los actuales comisionados del IFAI podrán formar parte del nuevo organismo autónomo por el tiempo que resta de su nombramiento y para ese propósito se debe presentar una solicitud formal al Senado de la República, que resolverá en un plazo de 10 días, y su eventual ratificación debe ser avalada por dos terceras partes de los legisladores presentes. /gh/m |