Sergio Sarmiento |
rred |
8:01 | 30 - 10 - 2014 |
Amalia García: La consulta popular sobre el petróleo es un derecho constitucional de los mexicanos |
Sergio Sarmiento (SS), conductor: El PRD anuncia que va a realizar movilizaciones nacionales e internacionales si la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechaza la petición de una consulta ciudadana para echar para atrás la reforma energética.
En la línea telefónica Amalia García, ella es diputada del PRD, secretaria de Comunicación, Difusión y Propaganda del Comité Ejecutivo Nacional del PRD.
Amalia, ¿cómo estás? Muy buenos días.
Amalia García (AG), diputada del PRD: Muy bien, buenos días, Sergio. Qué gusto, Lupita.
Guadalupe Juárez Hernández, conductora: Hola. ¿Qué tal? ¿Cómo estás?
SS: A ver, no sabemos qué va a decidir la Corte pero ya conocemos de hecho el dictamen de la ministra Luna Ramos, y viendo la decisión que se tomó ayer en el caso de la petición de consulta popular del PAN, lo más probable es que se rechace.
Entonces, ¿cuál sería la respuesta del PRD?
AG: La respuesta es la siguiente, Sergio: no es una respuesta ideológica, es una respuesta a partir de revisar la Constitución y con la participación además de dirigentes del PRD que fueron parte del constituyente permanente, es decir, de los legisladores que redactaron el artículo 35 constitucional, que es el que garantiza este nuevo derecho de los ciudadanos a participar en un acto de democracia directa, que es el de la consulta popular, y que por primera vez en México podría utilizarse el primer domingo de junio del año entrante: la consulta popular.
¿Y qué es lo que dice la Constitución, el artículo 35? Y hago referencia a la ponencia de la ministra Luna Ramos. Ella en uno de los argumentos de su ponencia señala que ningún tema de la Constitución que se haya tocado... puede ser tocado ni puede ser llevado a consulta, ninguno.
¿Pero qué dice el artículo 35 de la Constitución? Dice -"Negro sobre blanco", de manera puntual, claramente que: "Entre los temas que no serán objeto de consulta popular están los principios consagrados en el artículo 40 de la misma".
Si se hubiera querido que no se consultara ningún artículo de la Constitución en una consulta popular, a la letra diría: “Ningún artículo de esta carta magna podrá ser objeto de consulta”. Solamente dice: "el artículo 40".
¿Y a qué se refiere el artículo 40? -Y todos coincidiremos en que eso no debe llevarse a consulta-. Pues que "México es una República representativa, democrática, federal". No vamos a llevar a consulta a ver si se convierte en una monarquía.
Bueno, queda claro que dice que, excepto los principios consagrados en el artículo 40 de la misma, todos los demás temas de trascendencia nacional -señala- podrán ser llevados a consulta. Hay otra enumeración de otras razones, de otras causas por las cuales no se podrán llevar a consulta los temas, pero de la Constitución solamente señala artículo 40.
Y luego entre los otros temas está -y se ha polemizado sobre eso- el de ingresos y gastos del Estado.
Ayer ya determinaron los ministros por una mayoría de votos, en una votación dividida, que en el caso del salario mínimo, como se trata de ingresos, impacta ingresos y gastos del Estado, no podrá ser objeto de consulta.
El planteamiento que nosotros tenemos -insisto- no es un asunto ideológico, es lo que ha dicho la Constitución a lo largo de la mayor parte de la historia del siglo XX de México, hasta antes de la Reforma, que los recursos energéticos son un patrimonio de la nación, son propiedad de la nación, son recursos estratégicos. Reducir el patrimonio energético y la riqueza energética de México a un asunto de centavos, de ingresos y de gasto, es una visión que no compartimos en absoluto.
Bueno, en el caso de Estados Unidos cuando hay estos conflictos en Medio Oriente sobre el petróleo y el gas, pues no es un conflicto por un asunto de ingresos, no es un asunto de impuestos o de gasto, es un asunto estratégico, tiene que ver con un recurso estratégico. Igual pasa hoy con Rusia en los conflictos que tienen.
Entonces no coincidimos con la apreciación, pero acudimos ayer en el derecho de audiencia de oídas con la ministra Margarita Luna Ramos -que, por cierto, hay que decir, hizo con nosotros un trato muy cordial, un trato muy amable, realmente hay que reconocer la actitud de ella en este derecho, que es el de la audiencia de oídas- y esperamos que los argumentos que se están dando puedan ser tomados en cuenta por los señores ministros y ministras de la Suprema Corte.
GJH: En este caso me imagino que, Amalia, no hay ninguna sorpresa. Ya muchos habían señalado que esta propuesta sería rechazada por la Corte, que había algunos argumentos que sí estaba en la Constitución pues ya definitivamente no puede haber modificaciones.
AG: Pero es que no está en la Constitución. Ahí tenemos una interpretación distinta y tan hay interpretación distinta que la votación de los ministros y ministras ayer fue dividida, no fue unánime.
Hay una interpretación: los ministros que consideran que hay asuntos que sí pueden ir a consulta votaron en un sentido favorable a que se vaya a consulta, otros votaron en sentido contrario. Hay dos opiniones, hay dos visiones.
Pero ¿por qué confiamos en que haya esta actitud de atención a los argumentos que se están presentando? Porque México es un país crispado. México es un país que tiene enormes problemas, surgen a cada rato, problemas grandes. ¿Cómo encauzar esta irritación social? ¿Cómo encauzar también las diferencias? Pues por la vía democrática, civil pacífica. ¿Cuál es la mejor en términos de gran polémica? El instrumento que se ha utilizado en países democráticos, de larga tradición democrática: la consulta directa.
Bueno, llevan a consulta incluso temas que nosotros en el artículo 40 que no se podrá poner a consulta, como lo dice el artículo 35, es decir, el régimen político constitucional de nuestro país, lo llevan a consulta. Lo ha hecho Canadá, lo han hecho otros países, lo ha hecho... bueno, es innumerable la cantidad de países que llevan a consulta todo tipo de asuntos. Si van a entrar o no a la Unión Europea...
SS: Pero, Amalia, ¿significa eso que se cometió un error cuando se redactó esta ley de la o este artículo constitucional que habla de la posibilidad de tener consultas populares, este artículo 35?
AG: No.
SS: ¿Se equivocó el Congreso?
AG: No, al contrario. Nuestra apreciación es que la redacción fue una redacción bien hecha. Y es clarísimo que en el artículo 35 dice que lo único de la Constitución que no podrá ser llevado a consulta, de la Constitución -hablo en este caso del tema de la Constitución- es el artículo 40. Y si sólo menciona ese artículo, pues todo lo demás podrá, podría ser llevado a consulta, con requisitos porque ahí la misma Constitución establece requisitos.
SS: A ver, el artículo 135 de la Constitución dice la Constitución sólo puede ser enmendada o reformada por una mayoría de dos terceras partes de las dos Cámaras del Congreso de la Unión y por una mayoría simple de la mitad de la legislaturas locales más una.
AG: Exacto.
SS: Eso es lo que dice el artículo 135 y tengo entendido que la ministra Luna Ramos dice: "Bueno, mientras esté este artículo 135 no se puede enmendar la Constitución por medio de una consulta". ¿Qué opinas?
AG: Opino que son congruentes los dos artículos. Porque el artículo 35 constitucional señala, si se va a consulta porque lo solicitan -y ahí viene o el Presidente o legisladores con determinado porcentaje de los integrantes de cualquiera de las Cámaras o el 2 por ciento de los ciudadanos de la Lista Nacional de Electores, que equivale como a un millón 700 mil personas. Hemos entregado -validadas por el INE- dos millones y medio.
Vamos a suponer que se dijera que sí va a consulta y que fuera a consulta. También dice la Constitución, el artículo 35 que, de votar al menos el 40 por ciento de los integrantes de la Lista Nacional de Electores el día de la elección...
Vamos a suponer: junio 2015 vota más del 40 por ciento o el 40 por ciento de los ciudadanos inscritos y la mayoría de ese 40 por ciento decide que quiere que se mantengan los artículos 25, 27 y 28 como estaban, pues entonces, como es vinculatorio -y la misma Constitución dice que el resultado de la consulta es vinculatorio- obliga a todos los poderes a acatar el resultado de esa consulta, inmediatamente el Congreso de la Unión y los congresos de los estados tendrían que llevar a cabo el procedimiento para reformar la Constitución tal como se mandate en esa consulta.
Es decir, son congruentes, no hay ninguna incongruencia.
GJH: Pero ahora que no...
AG: Nada más termino: dice el artículo 35: "Cuando la participación total corresponda al menos al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores, el resultado será vinculatorio para los poderes, Ejecutivo y Legislativo federal y para las autoridades competentes, es decir, que si en una consulta -si se llevará a cabo-, la mayoría de los que voten, habiendo votado al menos el 40 por ciento del padrón, dicen: "Queremos que la Constitución regrese a estar como estaba", es vinculatorio, la propia Constitución lo dice y tendrían que iniciar el procedimiento el Poder Legislativo.
GJH: Pero, Amalia, es la última palabra y el PRD... ¿ahora qué le queda?
AG: No, no es la última palabra. México forma parte de distintas instancias, las ha reconocido, instancias internacionales. Hoy mismo México está sentado en una sesión en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington sobre este caso brutal y terrible de Guerrero.
Y hay otras instancias a las cuales acudir, en el marco de un Estado de Derecho, que afortunadamente ya en el mundo actual la mayor parte de los países reconocen que no están aislados de una legalidad y un Estado de Derecho internacional y entonces nosotros acudiremos a nuestros argumentos en nuestro derecho -que además es un derecho también Constitucional- de acudir a las instancias que consideremos pertinentes si los señores y señoras ministros votaran en sentido contrario.
Que yo insisto: espero, espero que haya una ponderación de tal manera que se reconozca que millones de mexicanos y mexicanas desean participar pacíficamente en un derecho que les asiste, que es constitucional, en una consulta.
SS: Amalia García, como siempre, gracias por tomar nuestra llamada.
AG: Al contrario, muy amables ustedes.
GJH: Gracias. Buen día.
SS: Ahí está el punto del PRD. Escuchamos también el punto del PAN al respecto del rechazo de la Corte para considerar el aumento artificial de los salarios mínimos. Duración 12´07´´, ys/m. |