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15:36  |  29 - 03 - 2016
Aprueban en comisión ley reglamentaria del Artículo 29 constitucional

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó en sesión de trabajo el dictamen de la minuta que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 de la Constitución.

 

Esta norma regula el procedimiento para decretar la restricción o suspensión de garantías, a fin de que el Ejecutivo enfrente situaciones de amenaza o emergencia en territorio nacional.

 

El texto de 34 artículos y dos transitorios precisa que esto solo procederá en casos de invasión; perturbación grave de la paz pública (situaciones de violencia que alteren la estabilidad social y pongan en riesgo la integridad, seguridad o libertad de la población y que representen una amenaza a la capacidad de las instituciones del Estado para hacerles frente).

 

También en casos de grave peligro o conflicto (circunstancias excepcionales que generen afectaciones a la población por factores de orden sanitario, ambiental, climático, químico o físico, o bien, por acciones que los expongan a emergencias o desastres, sean de origen natural o antropogénico).

 

Indica que el presidente de la República debe someter a consideración del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente, en su caso, el proyecto de decreto para declarar una restricción o suspensión.

 

Aclara que estas últimas soberanías tendrán que considerar el caso de obvia y urgente resolución, votarlo en un plazo no mayor a 48 horas y convocar a sesión extraordinaria, de ser necesario.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, por su parte, deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad y validez de los decretos.

 

En el capítulo IV el dictamen estipula el Control Parlamentario del Congreso de la Unión sobre dicha acción jurídica.

 

Para ello, agrega, el Ejecutivo está obligado a entregarle informes detallados sobre las medidas administrativas y legislativas adoptadas, sobre su aplicación, y sobre la evolución de la situación cada 30 días durante el tiempo que esté vigente el decreto.

 

La restricción o suspensión de derechos y garantías, subraya, concluirá cuando haya terminado el plazo fijado para ello; cuando hayan desaparecido las causas que le dieron origen; por decreto del Congreso de la Unión o del Ejecutivo federal, según precisa el texto en sus últimos artículos.

 

Además del aval de la Comisión de Gobernación, que preside la diputada Mercedes del Carmen Guillén Vicente, el documento también debe ser aprobado por la de Derechos Humanos antes de ponerse a consideración del pleno.

 

Durante la discusión de la propuesta, Guillén Vicente aseguró que el dictamen “reúne los estándares internacionales” de derechos humanos, de tal forma que organismos con representación en México y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas “están absolutamente convencidos de que el documento se encuentra dentro de los parámetros”.

 

Además, insistió en que la ley fue objeto de mucho estudio y pasó por todas las revisiones correspondientes dentro de la Comisión de Gobernación, aunque podrán hacerse aportaciones cuando sea analizado en el pleno.

 

El legislador priista Cesar Alejandro Domínguez Domínguez sostuvo que la minuta es un avance significativo “en el momento en que estamos viviendo actualmente”, que permite cuidar las garantías y los derechos humanos, además de que da pie a un “círculo virtuoso” en el que participan todos los Poderes de la Unión.

 

A su vez, Ulises Ramírez Núñez, del Partido Acción Nacional (PAN), afirmó que los actos terroristas que se observan en varias partes del mundo “han trastocado la forma de cómo debemos vivir y regular nuestras convivencias”.

 

Es por ello, que algunos países como Francia han solicitado a organizaciones internacionales aplicar el “Estado de excepción”.

 

Celebró que en esta figura jurídica participen los tres Poderes de la Unión pues “es mejor tenerlo regulado que tenerlo suelto y discrecional a un solo poder”. /gh/m