Nota N°. 3708 Lamenta Döring Casar que Fonseca Carrillo haya logrado prisión domiciliaria por una discrepancia entre la Ley de Ejecución Penal y el Código Penal Federal

Palacio Legislativo 29-07-2016 (Notilegis).- El vicecoordinador del PAN, Federico Döring Casar, lamentó que el narcotraficante Ernesto Fonseca Carrillo, alias “Don Neto”, haya obtenido el beneficio de prisión domiciliaria por una discrepancia entre la nueva Ley de Ejecución Penal y el Código Penal Federal.

 

En un comunicado, el diputado panista afirmó que Fonseca Carrillo debió permanecer en el penal de Puente Grande, en Jalisco, hasta terminar su condena, porque las personas sentenciadas por el delito de delincuencia organizada están excluidas de obtener dicho beneficio.

 

Refirió que la nueva Ley de Ejecución Penal, en el artículo 144, establece que la sustitución de una pena privativa de la libertad por una medida de seguridad no privativa de la libertad, no procede por delitos en materia de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas.

 

Sin embargo, –explicó– en el Código Penal Federal, en el artículo 55, sólo están excluidos de obtener la prerrogativa de prisión domiciliaria los sentenciados por el delito de secuestro “y, por lo tanto, delincuentes como ‘Don Neto’, sí pueden terminar de purgar sus condenadas fuera del penal”.

 

“Esta contradicción puede beneficiar a aquellas personas que cometieron delitos de trata de personas y delincuencia organizada, pues pueden acudir al Principio de Derecho Penal que garantiza que el indiciado o sentenciado, podrá beneficiarse de la norma jurídica que más beneficios le proporcione y acudir ante el juez para que se le aplique lo dispuesto en Código Penal Federal”, subrayó.

 

El pasado 27 de julio, el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, informó que, por orden de un juez federal, el narcotraficante, sentenciado a 40 años de prisión, cumplirá su condena en su domicilio, debido a su avanzada edad (85 años) y problemas de salud.

 

Döring Casar anunció que ante el beneficio legal alcanzado por “Don Neto”, su grupo parlamentario presentará una iniciativa ante la Comisión Permanente, para derogar el cuarto párrafo del artículo 55 del Código Penal Federal, para que se mantenga el espíritu del artículo 144 de la Ley de Ejecución Penal que establece:

 

“El Juez de Ejecución podrá sustituir la pena privativa de la libertad por alguna pena o medida de seguridad no privativa de la libertad, previstas en esta Ley cuando durante el periodo de ejecución se actualicen los siguientes supuestos:

 

“Sólo podrán aplicarse los sustitutivos descritos en las fracciones anteriores cuando se actualicen los supuestos durante la ejecución de la pena, así como a las personas que al momento de ser sentenciadas se ubiquen en las hipótesis previstas en este artículo, siempre que subsistan las causas durante la ejecución.

 

“No procederá la sustitución de pena por delitos en materia de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas”.

 

El legislador panista externó que los diputados federales están obligados a hacer una revisión constante de las leyes para evitar que los delincuentes, responsables de delitos graves y que han causado un gran dolor a las familias mexicanas, se beneficien de los vacíos legales.

 

HSF