Nota N°. 4997 Aprueban diputados con cambios minuta que dota de autonomía técnica y de gestión al Canal de Televisión del Congreso y la regresan al Senado

 

Palacio Legislativo 17-11-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó con cambios una minuta que dota al Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos de autonomía técnica y de gestión, para la consecución de su objetivo, y la devolvió al Senado de la República.

 

Durante su discusión, el presidente de la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, diputado Jorge Triana Tena (PAN), fundamentó el dictamen y presentó una addendum al documento.

 

Para el mejor desempeño de sus labores, el Canal contará con una Comisión Bicamaral, una Dirección General, un Consejo Consultivo, así como de un Defensor de Audiencia, los dos últimos de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

 

Fue creado 1998 con el objetivo de reseñar y difundir la actividad legislativa y parlamentaria proveniente de las cámaras del Congreso de la Unión y la Comisión Permanente, así como contribuir e informar, analizar y discutir pública y ampliamente la actividad legislativa.

 

El dictamen reforma los artículos 140 y 141 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y surge de senadores que integran la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión.

 

Se aprobó en lo general por 347 votos a favor y uno en contra, y tras rechazarse dos reservas presentadas por el mismo número de diputados, se avaló en lo particular con 274 votos a favor y 33 en contra.

 

En la exposición de motivos, se argumenta que el Canal de Televisión del Congreso de la Unión afrontaba limitaciones.

 

Se requería fortalecer su marco jurídico para consolidarlo como un medio público, cuya planeación programática debe ser integral y coordinada, además de una gestión pública que permita una mejor organización, control y rendición de cuentas de los recursos, agregó.

 

Señaló que con autonomía técnica y de gestión operativa se podrá superar las deficiencias y tener una amplia difusión de las tareas legislativas, así como de las actividades de interés público que promuevan la cultura democrática y los valores nacionales.

 

La reforma al artículo 140 “propone otorgarle al Canal del Congreso la naturaleza jurídica como órgano o Unidad Responsable Ejecutora del Gasto Público Federal”.

 

Refirió que serán las cámaras de Diputados y de Senadores las que asignen presupuesto al Canal, de acuerdo a sus necesidades, a fin de garantizar la transmisión y calidad del contenido.

 

Indicó que el Canal del Congreso funcionará con base en los permisos y las autorizaciones que la autoridad competente le asigne y tendrá pleno acceso a las tecnologías y a la innovación para ampliar su señal y alcance para difundir la actividad legislativa y parlamentaria.

 

La modificación al precepto 141 establece que la Comisión Bicamaral del Canal del Congreso continuará siendo el órgano rector del Canal y sus funciones serán proponer y, en su caso, aprobar su carta de programación y de transmisiones.

 

Detalló que el Consejo Consultivo del Canal del Congreso tendrá injerencia en temas de programación y línea editorial y seguirá integrado por ciudadanos expertos en delinear una programación útil a la cultura política y formación educativa.

 

Planteó que “los presidentes de las cámaras otorguen poderes de administración, pleitos y cobranzas al director general del Canal, para que lleve a cabo adquisiciones, contrataciones, licitaciones y servicios fortaleciendo la gestión interinstitucional de éste y deberá rendir un informe trimestral ante la Comisión Bicamaral”.

 

En un artículo segundo transitorio se precisó que la Comisión Bicamaral del Canal del Congreso emitirá los lineamientos generales de administración.

 

Estos lineamientos serán de aplicación bicamaral respecto a las contrataciones, adquisiciones y licitaciones de equipo y otros servicios que requiera el Canal en los 90 días posteriores de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

 

En el quinto transitorio expuso que “los trabajadores del Canal del Congreso preservarán sus derechos y la vigencia de sus nombramientos, cargos y responsabilidades”.

 

NGM/JGM