Nota N°. 5285 Conoce Pleno siete dictámenes; entre ellos, el de la minuta sobre Ley General de Víctimas

Palacio Legislativo 08-12-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados conoció para trámite de publicidad siete dictámenes que serán discutidos y votados en próxima sesión. Uno reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas, para dotar de herramientas a las instituciones encargadas de atenderlas, así como garantizar, proteger y promover los derechos de las personas afectadas por delitos.

 

El dictamen a la minuta de la ley, faculta a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para atraer los casos del fuero local relacionados con la atención y reparación de las víctimas, y lo reconoce como órgano operativo y rector en materia de atención a víctimas y de violaciones de derechos humanos.

 

Para ello, la CEAV deja de ser un órgano colegiado y su responsabilidad recaerá en un Comisionado Ejecutivo, nombrado por el Presidente de la República, previa consulta pública entre colectivos de víctimas, especialistas y expertos que trabajen en la atención de las mismas, y que deberá ser ratificado por el Senado de la República.

 

Garantiza la participación real de la sociedad civil en la formulación, control y evaluación de las políticas públicas, a través de la figura de Asamblea Consultiva, integrada por nueve representantes de dichos colectivos, sociedad civil y académicos, que podrán asesorar al Comisionado Ejecutivo en la toma de decisiones, y por cuatro representantes que integrarán la junta de gobierno.

 

Además, se flexibilizan mecanismos de acceso a recursos del Fondo de Reparación del Daño, fortalecen el otorgamiento de medidas de ayuda, asistencia, atención y rehabilitación necesarias y urgentes, para subsanar las necesidades diarias de las víctimas, que hoy se encuentran sujetas a mecanismos burocráticos.

 

Se plantea que los recursos de ayuda y gastos como alimentación, hospedaje y trasportación, entre otros, deberán concebirse como gastos operativos ordinarios que permitan a las víctimas obtener una atención inmediata, adecuada y efectiva.

 

Otro dictamen, al que se le dio publicidad, expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión Sujetos Obligados, que tiene como objetivo establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados en el ámbito federal, estatal y municipal, así como cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.

 

Sindicatos y cualquier otra persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal también serán responsables de los datos personales de conformidad con la normatividad aplicable para la protección de datos personales en posesión de los particulares.

 

Por otra parte, se conoció el dictamen que reforma los artículos 420 y 422 del Código Penal Federal, a fin de imponer pena de dos a 18 años de prisión y por el equivalente de tres mil a seis mil días multa, a quien ilícitamente capture, dañe, destruya, trafique o comercialice diversas especies de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas.

 

La pena mínima de prisión aumentará en dos años cuando se trate de la comisión dolosa de los delitos de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho y descarga, o realice cualquier otra actividad con sustancias consideradas peligrosas por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas u otras análogas, en cantidades anuales iguales o superiores a 10 toneladas en peso bruto total o su equivalente en otra unidad de medida.

 

El cuarto dictamen reforma los artículos 24 y 366 Ter, y se adiciona el 209 Quáter al Código Penal Federal. Tiene el objetivo de crear el Registro de Personas con Sentencia Firme, para inscribir a todas aquellas a quienes se les ha impuesto la sanción consistente en la prohibición de ir a lugar determinado, y la de publicación especial de sentencia, tratándose de cualquiera de los delitos señalados en el Título Decimoquinto -Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual- del Código Penal Federal.

 

Tal registro únicamente podrá ser consultado en términos de la ley en materia de transparencia y acceso a la información pública aplicable.

 

Además, quien cometa el delito de tráfico de menores, quien traslade a un menor de 16 años de edad o lo entregue a un tercero, de manera ilícita, fuera del territorio nacional, con el propósito de obtener un beneficio económico indebido por el traslado o la entrega del menor, se le podrá imponer una pena de tres a 10 años de prisión y de 400 a mil días multa.

 

De igual modo, se conoció el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual establece que la coordinación operativa del Sistema Nacional de Protección Integral recaerá en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que ejercerá las funciones de Secretaría Ejecutiva.

 

Otro dictamen, adiciona un inciso d) al artículo 106 de la Ley Orgánica del Congreso General, a efecto de instituir la Unidad Técnica para la Igualdad de Género, adscrita a la Mesa Directiva del Senado de la República. La Comisión para la Igualdad de Género supervisará el cumplimiento de sus objetivos, atribuciones y el Programa para la Igualdad de Género del Senado de la República.

 

El último dictamen, busca declarar el 9 de agosto de cada año “Día Nacional contra el Cáncer Cervicouterino”, para promover, mantener y reforzar las estrategias de prevención que se lleven a cabo, a fin de reducir la incidencia de esta enfermedad.

 

Atender casos de intolerancia religiosa

 

A la Junta de Coordinación Política (Jucopo) se mandó una proposición del diputado Hugo Eric Flores Cervantes (Encuentro Social), para exhortar a los gobiernos estatales y municipales de los estados de Chiapas, Hidalgo, Jalisco, Oaxaca, Guerrero y Nayarit, a atender los casos de intolerancia religiosa, así como a la Secretaría de Desarrollo Social a respetar los acuerdos con las comunidades.

 

Flores Cervantes precisó que “la intolerancia religiosa persiste en el país”, pues en muchas ocasiones a personas se les persigue e incluso se le despoja de sus tierras y propiedades, y en alguno momentos, con el fin de evitar violencia, se llega a acuerdos extralegales para que se pacifiquen muchas regiones donde hay intolerancia y persecución religiosa, “pero lo triste es que muchos de esos acuerdos terminan en una problemática más profunda”.

 

Hizo votos para que esos acuerdos que se han formulado en distintos estados de la República, donde “está claramente demostrada la intolerancia religiosa” y casos muy específicos, “las autoridades estatales, municipales e instancias federales que se han comprometido a ayudar a que esos desplazamientos y a que esta persecución aminore, puedan efectivamente cumplir con los acuerdos a los que se llegó. Estamos hablando de un tema de sobrevivencia”.

RED/MAV