Nota N°. 5361 Reforman diputados Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para que recursos de revisión puedan dirimirse ante Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Palacio Legislativo 14-12-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el artículo 176 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para que los recursos de revisión también puedan dirimirse ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y no sólo ante los juzgados de Distrito.

El documento reforma el tercer párrafo del artículo 176 y adiciona un cuarto de esa ley y surge de una iniciativa que presentaron la diputada Sara Latife Ruíz Chávez (PRI) y el diputado Arturo Álvarez Angli (PVEM), el pasado 27 de octubre.

Se aprobó por unanimidad, con 360 votos a favor, y se turna al Senado para su análisis y eventual ratificación.

La modificación establece que una resolución del procedimiento administrativo emitida por una autoridad podrá controvertirse, optativamente, ante juzgados de Distrito –pertenecientes al Poder Judicial– que conozcan de la jurisdicción especial en materia ambiental o ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que es organismo autónomo que no forma del Poder Judicial.

En el artículo reformado se precisa que una resolución administrativa podrá declararse ilegal cuando se omita o se aplique indebidamente el régimen de responsabilidad y las disposiciones previstas en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, y cuando se reconozca alguna de las causales de ilegalidad establecidas en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso.

Asimismo, se indica que “en ningún juicio se condenará al pago de gastos y costas”, ya que, de acuerdo con los diputados, dicha condena desincentiva a los gobernados a presentar demandas en contra de los actos arbitrarios de la autoridad.

HSF/JGM