Nota N°. 5367 Reforman diputados la Ley de Institutos Nacionales de Salud para dar a conocer avances médicos e información científica al área médica y población en general

 

Palacio Legislativo 14-12-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para que éstos den a conocer sus avances médicos y la información científica a personas dedicadas a la ciencia médica y a la población en general.

 

El documento reforma el artículo 6 fracción II de esa ley, surge de una iniciativa que la diputada Rosalina Mazari Espín (PRI) presentó el 21 de abril de 2016, fue aprobada por unanimidad, con 383 votos a favor y se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

 

En la exposición de motivos la legisladora señaló que “la investigación científica es un trabajo delicado y su resultado debe ser hecho del conocimiento general hacia la población”.

 

Para alcanzar tan importante fin considera prudente robustecer el contenido actual del artículo 6 fracción II, de la citada Ley.

 

También se señala que la modificación propuesta convierte “a los Institutos Nacionales de Salud, en entidades que podrían alimentar al Repositorio Nacional”, lo cual resulta congruente “con la nueva legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública”.

 

El Repositorio Nacional es “la plataforma digital centralizada que, siguiendo estándares internacionales, almacena, mantiene y preserva la información científica, tecnológica y de innovación, la cual se deriva de las investigaciones, productos educativos y académicos”.

 

El precepto reformado queda de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 6. A los Institutos Nacionales de Salud les corresponderá:

 

I. ...

 

II. Publicar los resultados de las investigaciones y trabajos que realice, integrándolos al Repositorio Nacional de Acceso Abierto a Recursos de Información Científica, Tecnológica y de Innovación, de Calidad e Interés Social y Cultural, de conformidad con lo estipulado en la Ley de Ciencia y Tecnología.

 

MAV/JGM