Nota N°. 5763 Reforma Cámara de Diputados Código Nacional de Procedimientos Penales, para incluir el feminicidio como delito que amerita prisión preventiva oficiosa

Palacio Legislativo, 02-02-2017 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 364 votos a favor, un dictamen que reforma la fracción III del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para incluir el feminicidio como delito que amerita prisión preventiva oficiosa.

El documento surgió de una iniciativa que presentó la diputada Claudia Edith Anaya Mota (PRI) el 10 de marzo de 2016 y se turna al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

En su exposición de motivos, la legisladora indicó que el feminicidio, por su alta trascendencia y nivel delictivo, “debe ser considerado como delito grave, en el que al no ordenarse prisión preventiva se pone en riesgo la legalidad del proceso y se estaría hablando de incompetencia por parte de los tribunales a cargo de dicha causa”.

Comentó que en el momento procesal oportuno es necesario aplicar dicha medida cautelar, evitando con ello la evasión de la acción de la justicia y la obstaculización del desarrollo de la investigación, así como para no poner en riesgo a testigos y ofendidos.

Recordó que en abril de 2012 se modificó el Código Penal Federal, para tipificar el delito de feminicidio, cuya reforma fue publicada el 14 de junio de ese mismo año, en el Diario Oficial de la Federación.

La Comisión de Justicia, que dictaminó la iniciativa, aseveró que la reforma al código contribuirá “a la solución de un problema al que se enfrentan miles de mujeres ante la situación de violencia de género en el país”.

Refirió que, de acuerdo con datos de la Organizaciones de las Naciones Unidas (ONU) Mujeres, de 2007 a 2009 los asesinatos de mujeres en México se incrementaron en 68 por ciento, e inclusive en algunos estados el crecimiento fue de 400 por ciento.

HSF/JGM