Nota N°. 5910 | Avala Comisión de Migración dos minutas para reducir periodos de aseguramiento de extranjeros indocumentados y garantizar trato adecuado a menores de edad |
Palacio Legislativo, 15-02-2017 (Notilegis).- La Comisión de Asuntos Migratorios avaló sin cambios dos dictámenes de sendas minutas del Senado para reducir los periodos de aseguramiento (alojamiento) de extranjeros indocumentados y para garantizar el trato adecuado a menores de edad no acompañados.
El primero reforma los párrafos primero y tercero y la fracción V de este último; y adiciona un nuevo segundo párrafo recorriéndose en su orden los actuales segundo, tercero y cuarto, del artículo 111 de la Ley de Migración.
En el documento se plantea “modificar los periodos de aseguramiento (alojamiento) de personas migrantes extranjeras que han ingresado a territorio nacional sin contar con la documentación necesaria, para evitar que estos lapsos se prolonguen por semanas o meses y se violen los derechos” humanos.
Con la modificación de reduce de 15 a ocho días hábiles, contados a partir de su presentación, el plazo para que el Instituto Nacional de Migración (INM) resuelva la situación irregular de las personas extranjeras presentadas.
También se precisa que el alojamiento en las estaciones migratorias únicamente podrá exceder de los ocho días en algunos supuestos establecidos en esta Ley.
En los supuestos figuran el que no exista información fehaciente de su identidad o nacionalidad, o dificultad para obtener los documentos de identidad y viaje; que sus consulados requieran mayor información; que exista algún impedimento para que viaje a un tercer país; enfermedad o incapacidad física o mental, o que haya interpuesto un recurso administrativo o judicial.
En el caso de esos supuestos, el alojamiento de los extranjeros en las estaciones migratorias no podrá exceder de 20 días hábiles.
En segundo dictamen reforma el primer párrafo y las fracciones I, II y III del artículo 112 de la Ley de Migración, con el fin de garantizar el trato adecuado a los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados a disposición del INM.
En el documento se recuerda que México presenta un complejo problema migratorio, como país de tránsito, por las personas que intentan ingresar a Estados Unidos.
Con las modificaciones se precisa que el INM debe garantizar en todo momento el respeto a los derechos humanos de los menores migrantes indocumentados y canalizarlos de manera inmediata al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y a los sistemas estatales DIF o de la Ciudad de México, que correspondan.
También se deberá dar aviso de inmediato a los consulados de su país, y a los organismos estatales de defensa de los derechos humanos, observando en todo momento el interés superior de los menores.
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