Nota N°. 7603 Señala Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública necesidad de consolidar unidades estatales de supervisión de medidas cautelares, para determinar prisión preventiva

Palacio Legislativo, 23-08-2017 (Notilegis).- El titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), Álvaro Vizcaíno Zamora, destacó la necesidad de consolidar las unidades estatales de supervisión de medidas cautelares, para que los jueces puedan determinar los casos que merecen prisión preventiva.

El nuevo sistema de justicia penal acusatorio adversarial y oral es un mejor modelo que permite una justicia más transparente, rápida y menos costosa, pero aún requiere que se consoliden las unidades de supervisión de medidas cautelares en los estados, dijo en declaraciones a la prensa.

“Como pasó en todos los países de Latinoamérica que migraron a este nuevo modelo de justicia, es necesario hacer algunos ajustes para atender a la realidad”, indicó.

El funcionario federal acudió a la Cámara de Diputados, para participar en el foro Programa de Justicia Terapéutica para Personas con Consumo de Sustancias Psicoactivas, "Actualidad y retos para su progreso en México”.

Vizcaíno Zamora explicó que las unidades estatales de supervisión de medidas cautelares son oficinas que tienen el encargo de hacer un análisis de riesgo a los presuntos delincuentes, “para ver si podrían afectar a una víctima, darse a la fuga o reincidir en algún delito”.

“Si las unidades (de supervisión) de medidas cautelares no son suficientes, potentes y no cuentan con el personal necesario, entonces, los jueces no tienen la información idónea para decidir qué medida cautelar deben imponer”, comentó.

Refirió que, de las 32 entidades federativas, sólo tres cuentan con unidades de supervisión de medidas cautelares en condiciones de intermedias a óptimas. En el resto “no se construyeron o no se terminaron de implementar correctamente”.

El funcionario federal se pronunció por que los delitos de acopio y portación de armas de fuego de uso reservado y el robo de hidrocarburos, puedan merecer prisión preventiva como medida cautelar oficiosa.

“Esto ayudaría a contener algunos problemas de incidencia delictiva en tanto se fortalecen las unidades de medidas cautelares”, consideró.

Sin embargo, enfatizó que la prisión preventiva debe ser la excepción y no la regla; “en el nuevo sistema de justicia penal debe utilizarse de manera racional, inteligente, informada y por ello es importante que se construyan y fortalezcan estas unidades de medias cautelares”.

Vizcaíno Zamora también se refirió al informe del Secretariado Ejecutivo del SNSP sobre incidencia delictiva del fuero común, durante los meses de enero a julio de 2017, que se presentó al inicio de esta semana.

“Los homicidios dolosos se redujeron en un 9.3 por ciento; la incidencia delictiva total se redujo casi 6.6 por ciento; el delito de secuestro, 15 por ciento, y el de extorsión, 20 por ciento; por supuesto estas cifras no son para cantar victoria, pero advierten al menos una contención de la incidencia delictiva”, expuso,

Señaló que, en los últimos 20 años, los homicidios dolosos cometidos con arma de fuego se han incrementado 400 por ciento y que, además, hay un aumento de armas en la calle que se usan para la comisión de otros delitos, como el secuestro.

HSF/JGM