Nota N°. 2813 Pide PAN a Morena aceptar y apoyar su iniciativa de reformas a Ley Nacional de Extinción de Dominio
  • Los legisladores panistas proponen que se prohíba la venta anticipada de bienes inmuebles, es decir, la enajenación antes de la sentencia de extinción de dominio

Palacio Legislativo, 18-08-2019 (Notilegis).- El grupo parlamentario del PAN, que coordina el diputado Juan Carlos Romero Hicks, pidió a la bancada de Morena aceptar y apoyar su iniciativa de reformas a la Ley Nacional de Extinción de Dominio, que busca limitar la venta anticipada de bienes (enajenación previa a la emisión de una sentencia definitiva) y el destino final de éstos.

 

En un comunicado, el líder de la bancada panista comentó que durante la aprobación de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, el pasado 25 de julio, “Morena y sus partidos aliados se negaron a aceptar las reservas para modificarla”.

 

“A unas semanas de esa votación, es evidente que teníamos razón; salta a la vista que cometieron un error y están a tiempo de corregirlo dando su apoyo a la iniciativa que presentó Acción Nacional en la Comisión Permanente para despejar el temor de la ciudadanía”, precisó.

 

Apuntó que lo que ha causado temor entre las personas es que puedan ser privados de sus bienes, vulnerando sus derechos fundamentales. Ante ello propone que, cuidando el debido proceso, se prohíba la venta anticipada de bienes inmuebles antes de la sentencia de extinción de dominio.

 

En el caso de bienes como vehículos, equipamiento o bienes de capital, la iniciativa plantea una audiencia judicial con la presencia de las partes y con derecho a audiencia y ofrecimiento de medios de prueba, indicó.

 

La venta anticipada se podrá realizar mediante el control judicial, es decir, a través del juez a petición justificada del Ministerio Público y sin que esté sujeta al arbitrio de la autoridad administrativa.

 

También propone la venta anticipada en los casos en que verdaderamente se justifique por razones de depreciación acelerada de los bienes o la incosteabilidad de su administración.

 

Romero Hicks aseguró que la acción de extinción de dominio no debe causar temor ni afectar a “las personas de bien”, pues su activación procede respecto a los bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse.

 

Sostuvo que de acuerdo con el artículo 22 constitucional, la figura de extinción de dominio procede por hechos como delincuencia organizada, secuestro, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, contra la salud, trata de personas, corrupción, encubrimiento, cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita y extorsión.

 

“Durante las discusiones de la misma, los diputados del PAN defendieron que se mantenga la presunción de buena fe, como un mecanismo contra arbitrariedades”, sostuvo.

 

Señaló que para que un bien se considere extinto, se requiere sentencia firme, es decir, que se haya agotado hasta el amparo. “No es una acción unilateral del Ministerio Público, puesto que quien emite la sentencia es un juez”.

 

Romero Hicks externó que en el tema de la disposición final de bienes, los legisladores del PAN también presentaron cambios a la ley para que se utilice al fortalecimiento de las instituciones de seguridad y justicia, y que se excluya al patrimonio de familia del aseguramiento y la extinción de dominio.

 

“Nuestra preocupación sigue siendo que la extinción de dominio pueda ser un instrumento de la autoridad, para perseguir de manera discrecional a sus adversarios políticos o despoje de sus bienes a los particulares, sin respetar el debido proceso”, finalizó.

 

HSF