Nota N°. 1548 | Aprueban diputados que Consejería Jurídica del Ejecutivo federal pueda delegar a dependencias la defensa de la Federación en juicios y procedimientos de cualquier carácter |
Palacio Legislativo, 28-02-2019 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen para que la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal pueda delegar a dependencias de la Administración Pública Federal la defensa de la Federación en juicios y procedimientos de cualquier carácter.
El Pleno lo avaló, en lo general y en lo particular, por unanimidad de 463 votos, y lo turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.
El documento reforma la fracción X del artículo 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Surgió de una iniciativa que presentó el diputado Miguel Ángel Chico Herrera (Morena), el pasado 23 de enero, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, la cual fue turnada a la Comisión de Gobernación y Población.
El objetivo del dictamen es facultar a la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal a que pueda determinar la dependencia en la que recaerá la representación litigiosa para la defensa de la Federación en cualquier tipo de juicios y procedimientos.
Al fundamentar el documento en tribuna, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, Rocío Barrera Badillo (Morena), señaló que se regula la representación jurídica de la Federación, en particular respecto de juicios y procedimientos ordinarios, contencioso administrativos o de naturaleza diversa a la jurisdiccional.
“A fin de que la Federación cuente con la debida representación jurídica, es importante dotar al Ejecutivo federal, a través de la instancia respectiva, del marco legal adecuado, a efecto de salvaguardar sus intereses en los asuntos en los que sea parte, ya sea en los juicios y procedimientos ordinarios, o en los de naturaleza diversa a la jurisdiccional, para su atención y debido seguimiento”, manifestó.
El artículo 43 de dicha ley establece las atribuciones de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Con las modificaciones, su fracción X queda de la siguiente manera:
“X. Representar al Presidente de la República, cuando éste así lo acuerde, en las acciones y controversias a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los demás juicios en que el titular del Ejecutivo Federal intervenga con cualquier carácter. En el caso de los juicios y procedimientos, la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal podrá determinar la dependencia en la que recaerá la representación para la defensa de la Federación. La representación a que se refiere esta fracción comprende el desahogo de todo tipo de pruebas”.
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