Nota N°. 8509 Debe prevalecer el principio constitucional de presunción de inocencia en la lucha contra la corrupción: Marcela Velasco

Palacio Legislativo, 26-12-2020 (Notilegis).- La diputada Marcela Velasco González (PRI) presentó una iniciativa para reformar las leyes de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como la General de Responsabilidades Administrativas, para que incluyan el principio constitucional de presunción de inocencia, a fin de reforzar y actualizar el ordenamiento legal que regula al Sistema Nacional Anticorrupción.

 

“Se trata de un derecho humano y constituye un principio de protección y tutela de los derechos de toda persona; con esta iniciativa de ley se busca que la investigación emanada de una denuncia anónima esté sustentada en pruebas y en la presunción de inocencia del servidor público, inculpado por faltas administrativas graves”, expuso en un comunicado.

 

La secretaria de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación consideró que el combate a la corrupción es una tarea de toda la sociedad y en todos los ámbitos, porque involucra los actos de orden público en beneficio de quienes buscan torcer la ley y cometen delitos.

 

De ahí la importancia, dijo, de fortalecer el marco jurídico, recuperar la confianza en las instituciones y fomentar la participación ciudadana.

 

Argumentó que la Ley General de Responsabilidades Administrativas vigente contempla que la investigación por la presunta responsabilidad de faltas administrativas puede iniciarse de oficio, a través de denuncia anónima o derivada de las auditorías practicadas por autoridades competentes o bien, por auditores externos, pero en ningún momento garantiza la presunción de inocencia.

 

Lo mismo ocurre con el Acuerdo que establece los Lineamientos para la Promoción y Operación del Sistema de Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción, emitido el 6 de septiembre de 2019, por la Secretaría de la Función Pública, señaló.

 

“¿En dónde quedan los derechos humanos de quien puede ser acusado de manera anónima, cuando no está prevista la presunción de inocencia sobre persona física o servidor público en que recaiga el señalamiento de algún hecho constitutivo de presuntas faltas administrativas?” cuestionó.

 

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