Nota N°. 5066 PRD pide a Segob garantizar el derecho de personas procesadas penalmente, en libertad, a contar con una identificación

 

  • Con esta acción se les permitirá llevar una vida de inclusión social y sin factores de discriminación, señala

 

Palacio Legislativo, 11-05-2020 (Notilegis).– El Grupo Parlamentario del PRD pidió a la Secretaría de Gobernación (Segob) garantizar el derecho de las personas procesadas o sentenciadas penalmente que estén en libertad a contar con una identificación oficial que les permita ejercer su derecho a identificarse.

 

Por medio de un comunicado, la bancada señaló que con esta identificación se les permitirá llevar una vida de inclusión social y sin factores de discriminación.

 

Recordó que, de acuerdo con la estadística del sistema penitenciario, a mayo de 2017, se registraron 210 mil 810 personas privadas de la libertad, de las cuales 79 mil 870 (37.88%) se encuentran sujetas a proceso penal.

 

Explicó que en México desde que la persona es procesada se le suspende su derecho a contar con una identificación con validez oficial para ejercer su derecho al voto; no obstante, de resultar inocente, aun así se le priva de ese derecho debido a que el Estado no confía, ni en el procesado ni en el condenado, por ello les suspende ejercer roles sociales de confianza.

 

Según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la identidad es el conjunto de atributos y características que permiten la individualización de la persona en sociedad, conformada por el conjunto de datos de los cuales se establece que una persona es verdaderamente la que se dice o presume.

 

Por tanto, sin este derecho no es reconocida jurídicamente, y su inclusión en la vida laboral, educativa, política y social es altamente limitada, expuso la bancada.

 

“La mayoría de las personas que se encuentran procesadas o sentenciadas penalmente no cuenta con otro documento oficial de identificación que no sea la credencial para votar, por lo que al suspender su derecho político electoral, anula la posibilidad de contar con un documento de identidad con fotografía y oficialmente válido”, sostuvo.

 

La bancada subrayó que en el artículo 141 de la Ley Nacional de Ejecución Penal se establece que las personas sentenciadas que obtienen libertad anticipada, persisten con la suspensión de sus derechos o prerrogativas ciudadanas, lo que violenta la Constitución y los diversos instrumentos internacionales de los que el Estado Mexicano es parte.

 

“El sistema penitenciario mexicano durante años estuvo enfocado en la privación de la libertad como castigo, y fue hasta fechas recientes que el mandato constitucional lo encaminó a la reinserción social. Asimismo, el proceso de seguridad pública es uno de los más criticados por el rezago y estado de crisis que en él permanece”.

 

Lo anterior evidencia la sobrepoblación penitenciaria y la reincidencia delictiva, que continúan siendo prevalentes en los centros penitenciarios del país, concluyó el Grupo Parlamentario.

 

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