Nota N°. 1431 Publica DOF reformas al Reglamento de la Cámara de Diputados para regular reuniones en conferencia con el Senado de la República

Palacio Legislativo, 21-12-2021 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este martes el decreto de reformas al Reglamento de la Cámara de Diputados, con el objetivo de regular las reuniones en conferencia con el Senado de la República.

 

Las reformas entrarán en vigor este miércoles 22 de diciembre.

 

Dichas modificaciones son a los artículos 149, 158, 161, 168 y la adición de un artículo 171 Bis; establecen que para el cumplimiento de sus tareas las comisiones ordinarias de dictamen podrán realizar la coordinación de actividades con comisiones de la Cámara de Senadores para trabajar en conferencia.

 

Asimismo, las juntas directivas de las comisiones podrán proponer la coordinación de actividades con otras comisiones o comités de la Cámara de Senadores, así como la realización de reuniones en conferencia.

 

Establece que el programa anual de trabajo de las comisiones ordinarias de dictamen deberá contener en sus criterios generales para la metodología de trabajo, en su caso, la coordinación de actividades con comisiones de la Cámara de Senadores para el trabajo en conferencia.

 

Define que serán reuniones en conferencia aquellas que se realicen entre las comisiones de la Cámara de Diputados y las correspondientes de la Cámara de Senadores, para analizar de manera conjunta iniciativas, proyectos de ley o decreto u otros asuntos, cuya tramitación se considere necesario agilizar.

 

Además, las reuniones en conferencia se realizan previo acuerdo con la colegisladora, en los términos de la normatividad interna de cada Cámara.

 

La propuesta para el acuerdo de reuniones en conferencia será aprobada por la Junta e incluirá, al menos, el programa de actividades, calendario de reuniones, así como las reglas para su conducción y desarrollo.

 

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