Nota N°. 10643 Publica DOF reforma constitucional para modificar la denominación del Estado de “Michoacán de Ocampo”
  • El decreto entrará en vigor mañana martes 18 de mayo

 

Palacio Legislativo, 17-05-2021 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este lunes un decreto que reforma el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para modificar la denominación del Estado de Michoacán por “Michoacán de Ocampo”.

 

Esta reforma fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 18 de noviembre de 2020.

 

Esta reforma propone que se establezca en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el nombre de “Michoacán de Ocampo”, denominación completa de la entidad.

 

El artículo modificado queda como sigue:

 

Artículo 43. Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas; así como la Ciudad de México.

 

El decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, es decir, este martes 18. Surtirá efectos exclusivamente para modificar la porción normativa que establece la denominación de la parte integrante de la Federación "Michoacán de Ocampo", por lo que quedan subsistentes las denominaciones de las demás partes de la Federación vigentes al momento de la entrada en vigor.

 

* * *